Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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4. Becas y ayudas.
Las entidades beneficiarias podrán abonar a las personas incluidas en un itinerario personalizado de inserción las siguientes becas y ayudas con un límite de 600 € por usuario/a:
a) Becas de asistencia. Las entidades beneficiarias podrán abonar becas de asistencia por
la asistencia efectiva de los participantes a las actuaciones incluidas en el itinerario personalizado y tendrá una cuantía máxima de 10 euros por día de asistencia.
b) Ayudas de conciliación. Las entidades podrán abonar ayudas a la conciliación a las personas incluidas en un itinerario personalizado de inserción que cumplan los siguientes
requisitos:


b.1) Tener hijos menores de 3 años. Si los hijos son mayores de 3 años y menores de
12, podrán ser beneficiarias de la ayuda si la jornada lectiva de las acciones coincide con las vacaciones escolares.



b.2) Ser familia monoparental o existir causas por lo que la otra persona miembro de
la pareja no pueda hacerse cargo de los hijos en el horario de las acciones. Estas
causas serían:



— Trabajo por cuenta propia o ajena.



— Encontrarse en desempleo y tener que realizar alguna acción para mejorar la
empleabilidad recomendada por los servicios de empleo o servicios sociales.



— Deber inexcusable.



— Enfermedad o baja laboral que incapacite para el adecuado cuidado de los hijos.



O
 tras causas debidamente acreditadas documentalmente que imposibiliten el cuidado de los hijos.



b.3) El importe a abonar ascenderá al 75 por ciento del “Indicador público de renta de
efectos múltiples” (IPREM) diario por día de asistencia.

c) Ayudas para transporte y manutención. Las entidades podrán abonar ayudas al transporte y manutención a las personas incluidas en un itinerario personalizado de inserción
en los siguientes casos:


c.1) Q
 ue utilicen la red de transportes públicos urbanos y/o interurbanos para asistir a
las acciones incluidas en el mismo.