Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62697
nadamente con los Servicios Sociales de Base municipales de las localidades de dicho
ámbito. Así mismo, la información deberá revertir al centro de empleo en la forma,
plazo y modo que se determine desde el SEXPE.
b) Acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales.
Las acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales podrán llevarse
a cabo bien en actuaciones individuales, bien en actuaciones en grupos de un máximo
de 20 personas por acción, y se centrarán en la adquisición o mejora de las siguientes
competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, razonamiento
matemático, interés por aprender, orientación al logro, gestión del tiempo, habilidades
sociales, creatividad e innovación, iniciativa y trabajo en equipo, solución de problemas,
flexibilidad, tolerancia a la frustración.
En el supuesto de que se incluyan estas acciones como subvencionables, podrán, dentro
de las mismas, subvencionarse actuaciones de incorporación al programa consistentes
en el contacto con las personas no demandantes de empleo susceptibles de participar
en el programa y el acompañamiento inicial previo al mismo.
c) Acciones de adquisición de competencias digitales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias digitales
por parte de las personas usuarias. Los grupos de personas no podrán exceder de 20.
La adquisición de competencias digitales se centrará en la obtención de información,
comunicación, creación de contenidos, seguridad y resolución de problemas.
d) Acciones de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de coaching que mediante la intervención de un entrenador/a profesional o coach que ejerza la labor de dinamización de los
grupos, proporcionen a las personas desempleadas de forma colectiva, estrategias de
búsqueda de empleo tanto para el empleo por cuenta ajena como por cuenta propia.
Las acciones consistirán en mejorar o adquirir competencias para la elaboración y presentación de currículos, creación de marca personal, mejorar las habilidades para hacer
frente a una entrevista de trabajo o conocimiento del mercado laboral regional o de su
zona.
Jueves 30 de diciembre de 2021
62697
nadamente con los Servicios Sociales de Base municipales de las localidades de dicho
ámbito. Así mismo, la información deberá revertir al centro de empleo en la forma,
plazo y modo que se determine desde el SEXPE.
b) Acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales.
Las acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales podrán llevarse
a cabo bien en actuaciones individuales, bien en actuaciones en grupos de un máximo
de 20 personas por acción, y se centrarán en la adquisición o mejora de las siguientes
competencias: Autoconfianza, comunicación, cumplimiento de tareas, razonamiento
matemático, interés por aprender, orientación al logro, gestión del tiempo, habilidades
sociales, creatividad e innovación, iniciativa y trabajo en equipo, solución de problemas,
flexibilidad, tolerancia a la frustración.
En el supuesto de que se incluyan estas acciones como subvencionables, podrán, dentro
de las mismas, subvencionarse actuaciones de incorporación al programa consistentes
en el contacto con las personas no demandantes de empleo susceptibles de participar
en el programa y el acompañamiento inicial previo al mismo.
c) Acciones de adquisición de competencias digitales:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de adquisición de competencias digitales
por parte de las personas usuarias. Los grupos de personas no podrán exceder de 20.
La adquisición de competencias digitales se centrará en la obtención de información,
comunicación, creación de contenidos, seguridad y resolución de problemas.
d) Acciones de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo:
Las convocatorias podrán subvencionar acciones de coaching que mediante la intervención de un entrenador/a profesional o coach que ejerza la labor de dinamización de los
grupos, proporcionen a las personas desempleadas de forma colectiva, estrategias de
búsqueda de empleo tanto para el empleo por cuenta ajena como por cuenta propia.
Las acciones consistirán en mejorar o adquirir competencias para la elaboración y presentación de currículos, creación de marca personal, mejorar las habilidades para hacer
frente a una entrevista de trabajo o conocimiento del mercado laboral regional o de su
zona.