Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021

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Mediante la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa de primera
experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes
desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la cual sirve de marco para el
establecimiento de este Programa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de
las mismas. En estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del Consejo de
Gobierno y el procedimiento se tramitará por vía de urgencia.
La presente disposición se adecua a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa justificada por la necesidad de dar cumplimiento a las medidas necesarias para dar cumplimiento
a los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir como es la regulación de estos programas, con
adecuación a las normas que le sirven de marco.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, este decreto es coherente con el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como se ha
promovido la participación de las personas potencialmente destinatarias o aquellas interesadas.
Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, este decreto, estableciendo criterios
objetivos y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones,
persigue una correcta utilización de los recursos públicos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.h) de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
propuesta de la Consejera de Educación y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 15 de diciembre de 2021,