Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
264 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021
61848
b) Normativa de aplicación que regule la ordenación, ejecución y gestión del plan.
2. E
l Plan General Detallado nunca podrá modificar las determinaciones estructurales del Plan
General Estructural. En este sentido, el mero ajuste de las delimitaciones de los sectores no
se considera una modificación siempre que no afecte a suelo rústico protegido o restringido
y no afecte a una superficie superior al 15% del suelo incluido en los sectores.
3. La ordenación detallada se realizará de acuerdo con las determinaciones del Plan General
Estructural, las características y exigencias propias del tipo de núcleo y con el grado de
desarrollo necesario para su ejecución.
4. E
l Plan General Detallado contendrá la documentación precisa para definir y justificar sus
determinaciones, que se formalizará en los siguientes documentos y deberán, además, incorporar las recomendaciones de la Orden de 17 de mayo de 2019 de las normas técnicas
para la integración de la dimensión de género en la ordenación territorial y urbanística de
Extremadura:
a) Memoria justificativa del desarrollo y la no alteración de las determinaciones del Plan
General Estructural.
b) Normativa reguladora propia del ámbito de suelo ordenado.
c) Evaluación de la sostenibilidad económica.
d) Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación.
e) Documentación exigida por la legislación ambiental.
Artículo 55. Tramitación y aprobación del Plan General Estructural y del Plan General
Detallado de forma conjunta.
1. C
uando se realice de manera conjunta el Plan General estructural y el Plan General detallado, la tramitación y aprobación seguirá los siguientes pasos:
a) Acuerdo de redacción del Plan General Municipal por el órgano municipal competente.
b) Aprobación por el órgano municipal competente del avance del Plan General Estructural
y del Documento Inicial Estratégico previsto en la legislación ambiental.
c) El documento de avance se publicará durante un plazo mínimo de un mes en la sede
electrónica del ayuntamiento, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados
y recabar cuantas aportaciones y sugerencias adicionales puedan hacerse por otras
personas o entidades.
Martes, 28 de diciembre de 2021
61848
b) Normativa de aplicación que regule la ordenación, ejecución y gestión del plan.
2. E
l Plan General Detallado nunca podrá modificar las determinaciones estructurales del Plan
General Estructural. En este sentido, el mero ajuste de las delimitaciones de los sectores no
se considera una modificación siempre que no afecte a suelo rústico protegido o restringido
y no afecte a una superficie superior al 15% del suelo incluido en los sectores.
3. La ordenación detallada se realizará de acuerdo con las determinaciones del Plan General
Estructural, las características y exigencias propias del tipo de núcleo y con el grado de
desarrollo necesario para su ejecución.
4. E
l Plan General Detallado contendrá la documentación precisa para definir y justificar sus
determinaciones, que se formalizará en los siguientes documentos y deberán, además, incorporar las recomendaciones de la Orden de 17 de mayo de 2019 de las normas técnicas
para la integración de la dimensión de género en la ordenación territorial y urbanística de
Extremadura:
a) Memoria justificativa del desarrollo y la no alteración de las determinaciones del Plan
General Estructural.
b) Normativa reguladora propia del ámbito de suelo ordenado.
c) Evaluación de la sostenibilidad económica.
d) Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación.
e) Documentación exigida por la legislación ambiental.
Artículo 55. Tramitación y aprobación del Plan General Estructural y del Plan General
Detallado de forma conjunta.
1. C
uando se realice de manera conjunta el Plan General estructural y el Plan General detallado, la tramitación y aprobación seguirá los siguientes pasos:
a) Acuerdo de redacción del Plan General Municipal por el órgano municipal competente.
b) Aprobación por el órgano municipal competente del avance del Plan General Estructural
y del Documento Inicial Estratégico previsto en la legislación ambiental.
c) El documento de avance se publicará durante un plazo mínimo de un mes en la sede
electrónica del ayuntamiento, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados
y recabar cuantas aportaciones y sugerencias adicionales puedan hacerse por otras
personas o entidades.