Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

61839

h) P
 ublicación en el Diario Oficial de Extremadura e inscripción en el Registro Único de
Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
3. L
 as modificaciones de los Proyectos de Interés Regional, podrán aprobarse mediante una
tramitación abreviada cuando, por su limitado alcance o por razones de interés público,
resulte necesaria su aprobación con urgencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo
40 del presente Reglamento.
4. El acuerdo de aprobación, entre otros extremos, expresará:
a) El objeto del Proyecto de Interés Regional, el alcance de la declaración de interés regional, las condiciones para su desarrollo y las obligaciones que deberá asumir la persona
o entidad promotora.
b) El organismo de la administración o entidad pública encargada de la ejecución del
proyecto.
c) Acuerdo de redacción de la modificación del planeamiento territorial precisado de adaptación como consecuencia de la aprobación del proyecto de interés regional.
d) El plazo y, eventualmente, las ayudas de la comunidad autónoma, para la modificación
del planeamiento urbanístico precisado de adaptación.
e) L
 a relación de condiciones que se consideren sustanciales, a los efectos de la declaración de caducidad.
5. L
 a aprobación de los Proyectos de Interés Regional producirá los efectos propios de los
planes urbanísticos, previstos en la Ley y en el presente Reglamento.
Artículo 47. Ejecución.
1. L
 a ejecución de Proyectos de Interés Regional se realizará conforme a los proyectos técnicos en que se concreten las obras e instalaciones que comprendan, que estarán sujetos a
previa licencia municipal.
2. L
 a Consejería competente por razón de la materia deberá realizar el seguimiento del desarrollo de las obras de ejecución del Proyecto de Interés Regional y evacuar, a su finalización, informe sobre la adecuación de lo ejecutado a lo establecido en dicho proyecto de
interés regional. Dicho informe será publicado en el portal de transparencia de la Junta de
Extremadura e inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura.