Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021



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a.9) Plazos de inicio y ejecución de las obras, incluyendo los de las distintas fases parciales de ejecución y puesta en servicio, en su caso.



a.10) S
 upuestos de caducidad del proyecto de interés regional, contemplando como
mínimo los contemplados en la Ley y en el presente Reglamento.



a.11) A
 nálisis del impacto medioambiental del proyecto, con los documentos preceptivos establecidos por la legislación medioambiental, en su caso. Se analizará el
impacto durante la fase de ejecución de las obras, la fase de servicio y la fase de
puesta fuera de servicio mediante su desmantelamiento o demolición.



a.12) E
 studio del impacto socioeconómico del proyecto, durante la fase de ejecución de
las obras, la fase de servicio y la fase de puesta fuera de servicio.



a.13) Estudio económico financiero justificativo de su viabilidad.



a.14) Previsiones que resulten de los estudios de carácter técnico que sean exigibles,
justificando el cumplimiento de la normativa sectorial de aplicación.



a.15) S
 upuestos de Revisión del Proyecto de Interés Regional, conforme a lo previsto
en el 19 del presente Reglamento de la Ley para los instrumentos de ordenación
territorial.



a.16) S
 upuestos de Modificación del Proyecto de Interés Regional, conforme a lo previsto en el artículo 19 del presente Reglamento para los instrumentos de ordenación
territorial.



a.17) R
 elación de instrumentos de ordenación territorial y urbanística afectados.



a.18) E
 n caso de discordancia con el planeamiento urbanístico vigente, normativa transitoria de planeamiento urbanístico del ámbito, que sustituirá al mismo, hasta
que éste se adapte al Proyecto de Interés Regional. Esta normativa transitoria
definirá, en su caso, la nueva clasificación, la nueva categorización del suelo y las
ordenanzas transitorias reguladoras del ámbito.



a.19) J ustificación de la compatibilidad de las determinaciones del Proyecto de Interés
Regional con los instrumentos de ordenación territorial vigentes a los que esté
subordinado (DOTEX y PT).



a.20) Otros requisitos de la legislación sectorial aplicable.