Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021



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2° D
 elimitación de los ámbitos del planeamiento territorial: división de la totalidad del
territorio de la comunidad autónoma para su ordenación con Planes Territoriales.

d) Fijación de los criterios que deben seguir los Planes Territoriales y la acción directa de
la Administración para conseguir el modelo territorial establecido, en lo relativo a:


1°. Localización de infraestructuras vertebradoras y de equipamientos y servicios de
ámbito regional.



2°. Emplazamiento de acciones públicas de fomento del desarrollo.

3°. Utilización y explotación del agua, de los recursos agrícolas y de otros recursos
naturales.


4°. Protección de los valores naturales y del patrimonio cultural y paisajístico.



5°. Protección frente a riesgos naturales y tecnológicos.

e) D
 efinición de las normas de aplicación directa, directrices o recomendaciones que la
acción de las Administraciones públicas y la iniciativa privada deba respetar.
f) Programa de actuación y evaluación de la coherencia de sus determinaciones con los
programas de la comunidad autónoma, de las restantes administraciones y de la Unión
Europea.
g) Justificación del proceso de participación para la elaboración del documento.
h) Plan didáctico de asesoramiento a los municipios del ámbito.
i) Programa de seguimiento de su implantación y eficacia. A estos efectos, las Directrices
deberán recoger un sistema de indicadores en relación a lo establecido en el artículo 24
del presente Reglamento.
j) Causas para su revisión o modificación. En el caso de las modificaciones, se deberá
indicar aquellas que se consideren susceptibles de ser tramitadas mediante el procedimiento abreviado, por ser de limitado alcance.
k) Cualesquiera otras determinaciones que se estimen pertinentes para lograr sus objetivos.
Artículo 21. Documentación.
1. L
 as Directrices de Ordenación Territorial comprenderán el conjunto de determinaciones de
aplicación directa, directrices o recomendaciones que ha de definir el modelo territorial de
la comunidad autónoma de Extremadura.