Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

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c) Fomentará la economía verde circular con la implementación de medidas para lograr la
adecuada gestión de residuos y la reutilización de materiales y que obliguen a la implantación de sistemas de control y eficiencia de las infraestructuras.
d) Se promoverá la mejora de los espacios públicos a bajo coste, dando prioridad al uso de
flora local e implantando estrategias de ahorro en materia de riego y mantenimiento.
e) E
 n las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana se fomentarán
las intervenciones de mejora de la envolvente que reduzcan la demanda energética, y
los aumentos de volumen o superficie construida, derivados de la realización de obras
de mejora energética, no se tendrán en cuenta en relación con los límites máximos aplicables a los citados parámetros. En todo caso, las actuaciones anteriormente descritas
se harán en las obras de nueva construcción.
f) En aquellas edificaciones de nueva planta en las que se pretendan lograr estándares
de eficiencia energética, confort térmico y salubridad superiores a los exigibles por la
normativa vigente, se admitirán los aumentos de volumen o superficie construida que se
deriven única y exclusivamente tanto del aumento de espesores en la envolvente térmica, respecto de los cerramientos tradicionales, como de la necesidad de incorporar equipos y sistemas destinados a mejorar el comportamiento energético del edificio. Estos
incrementos de volumen y superficie construida se admitirán en sintonía con lo anterior
siempre y cuando dichos incrementos no se destinen al aprovechamiento lucrativo del
inmueble.
5. Perspectiva de género:
a) Los instrumentos de ordenación incorporarán en su memoria de análisis y diagnóstico
la perspectiva de género. A estos efectos se incluirá el denominado mapa de riesgos
para el urbanismo desde la perspectiva de género con la localización de puntos, zonas
o itinerarios considerados como “negros” para las mujeres y una propuesta de medidas
para su corrección.
b) Las determinaciones de los planes y la ordenación urbana fomentarán el libre movimiento de las personas mediante el diseño de espacios y conexiones seguros.
c) El estudio de movilidad deberá incluir planos de escala y detalle adecuado con trayectos
y conexiones a las principales dotaciones, entre ellas centros docentes y asistenciales.
Así mismo detallará las características del transporte público, incluidas entre ellas sus
frecuencias y horarios.
d) Se garantizará la representación paritaria en la composición de los órganos urbanísticos
colegiados. No obstante, en aquellos órganos en que no existan opciones para designación, por ser titulares de administraciones, se procurará la paridad entre titulares y
suplentes.