Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2021040179)
Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
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NÚMERO 248
Martes, 28 de diciembre de 2021

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pre y cuando no se interfiera en el funcionamiento habitual de los mismos, tendiendo,
en cualquiera de los casos, a que las flotas y vehículos vayan incorporando espacios para
guardarlas, en su renovación.
m) Se fomentarán las tecnologías de la información y comunicación (TIC), con el objeto
de mejorar la accesibilidad a la información (ciudades inteligentes, smartcity o rural
smart).
3. Conservación del patrimonio cultural:
a) Favorecerán la conservación, recuperación y promoción del patrimonio arquitectónico,
arqueológico, etnográfico y la de los espacios urbanos relevantes, los elementos y tipos
arquitectónicos singulares y las formas tradicionales de ocupación humana del territorio, conforme a las peculiaridades locales o las características propias de cada ámbito.
b) Mantendrán las tramas históricas y las alineaciones en el suelo urbano de los conjuntos
de interés artístico o cultural, con las salvedades que se contemplen para los ámbitos
o sectores delimitados para llevar a cabo actuaciones de reforma interior, renovación o
regeneración urbanas orientadas a la descongestión o la mejora de las condiciones de
habitabilidad, o bien a la obtención de suelo para dotaciones públicas.
c) En las áreas de manifiesto valor cultural, y en especial en los conjuntos históricos declarados bien de interés cultural, garantizarán que la reforma, rehabilitación o ampliación
de las edificaciones que los conforman sea coherente con los tipos edificatorios característicos, en particular su composición, altura y volumen, así como, también, su imagen
urbana.
d) Contemplarán medidas que favorezcan y potencien los usos turísticos respetuosos con
el desenvolvimiento de las actividades ordinarias de la población autóctona y el medio
natural y urbano.
4. Eficiencia energética:
a) Las determinaciones de diseño territorial y urbano fomentarán la implantación y el uso
de las energías renovables, de los sistemas que favorezcan la eficiencia energética y
que reduzcan la emisión de gases efecto invernadero.
b) La ordenación detallada de los sectores deberá tener en consideración, y favorecer, las
orientaciones más adecuadas para obtener beneficios de los factores naturales como el
soleamiento o el régimen de vientos. También fijará la altura máxima de las edificaciones en proporción a las dimensiones de las vías y espacios libres, de modo que queden
garantizadas las mejores condiciones posibles de soleamiento y ventilación natural de
las viviendas.