Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063771)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Montijo por el que se regula la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante el año 2021".
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NÚMERO 247
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61620
objetivos que se establecen de forma estratégica en el Plan de Juventud de Extremadura
elaborado por el Instituto de la Juventud en coordinación y de forma transversal con otros
departamentos y organismos que desarrollan programas o acciones dirigidas a la juventud
extremeña.
Con el objeto de mejorar la coordinación de los servicios a la juventud, las actividades incluidas en la propuesta del Ayuntamiento de Montijo versan sobre los ejes estratégicos que
marcan las líneas de desarrollo del Plan de Juventud de Extremadura.
Séptimo. La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, establece en el artículo 32.1.b) que se considera como un supuesto excepcional
de concesión directa, cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura
y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté
atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad Autónoma.
En este caso, las competencias concurrentes en materia de juventud vienen determinadas
por los precitados preceptos de la Ley 1/2007, de 20 de marzo, de creación del Instituto de
la Juventud de Extremadura y las disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, 27 diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y de la ley 3/2019, de 22 de enero,
de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
Establece el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, la concesión de estas subvenciones se efectuará
a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, por lo que, recibida la solicitud de subvención cursada por el Ayuntamiento e instruido el correspondiente
procedimiento administrativo, se firma el presente convenio con el fin de instrumentar la
concesión de la subvención directa concedida.
De conformidad con lo expuesto por ambas partes, con el fin de promover las condiciones
favorables para la participación juvenil y su integración en la sociedad, y trabajando conjuntamente en la organización de acciones y actividades enfocadas a la población joven de la
localidad y la comarca, y con ello impulsar un plan local de juventud, han acordado suscribir
el presente convenio bajo las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión directa de una subvención a favor del Ayuntamiento de Montijo (Badajoz), con CIF P0608800I, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de realizar labores de dinamización y tareas
de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de esta localidad, con sujeción a los
términos que en el presente convenio se establecen.
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61620
objetivos que se establecen de forma estratégica en el Plan de Juventud de Extremadura
elaborado por el Instituto de la Juventud en coordinación y de forma transversal con otros
departamentos y organismos que desarrollan programas o acciones dirigidas a la juventud
extremeña.
Con el objeto de mejorar la coordinación de los servicios a la juventud, las actividades incluidas en la propuesta del Ayuntamiento de Montijo versan sobre los ejes estratégicos que
marcan las líneas de desarrollo del Plan de Juventud de Extremadura.
Séptimo. La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, establece en el artículo 32.1.b) que se considera como un supuesto excepcional
de concesión directa, cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura
y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté
atribuida a las Corporaciones Locales y a la Comunidad Autónoma.
En este caso, las competencias concurrentes en materia de juventud vienen determinadas
por los precitados preceptos de la Ley 1/2007, de 20 de marzo, de creación del Instituto de
la Juventud de Extremadura y las disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, 27 diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y de la ley 3/2019, de 22 de enero,
de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
Establece el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, la concesión de estas subvenciones se efectuará
a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, por lo que, recibida la solicitud de subvención cursada por el Ayuntamiento e instruido el correspondiente
procedimiento administrativo, se firma el presente convenio con el fin de instrumentar la
concesión de la subvención directa concedida.
De conformidad con lo expuesto por ambas partes, con el fin de promover las condiciones
favorables para la participación juvenil y su integración en la sociedad, y trabajando conjuntamente en la organización de acciones y actividades enfocadas a la población joven de la
localidad y la comarca, y con ello impulsar un plan local de juventud, han acordado suscribir
el presente convenio bajo las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión directa de una subvención a favor del Ayuntamiento de Montijo (Badajoz), con CIF P0608800I, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de realizar labores de dinamización y tareas
de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de esta localidad, con sujeción a los
términos que en el presente convenio se establecen.