Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063771)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Montijo por el que se regula la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante el año 2021".
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NÚMERO 247
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61619
• Facilitar el acceso a la participación ciudadana de la juventud rural.
• Facilitar un lugar de encuentro a la juventud de las localidades beneficiadas.
• Ofrecer alternativas de ocio para el disfrute del tiempo libre de la juventud rural.
Quinto. Por su parte, el Ayuntamiento de Montijo es una entidad pública territorial de Extremadura entre cuyas competencias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por
la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local,
se encuentra la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
Así mismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de
Extremadura, en su artículo 15. 1. D). 7º atribuye a los municipios extremeños la competencia
en “Planificación, ordenación, fomento y gestión de políticas de juventud”.
Establece así mismo el artículo 57 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local que
la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y la de las
Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se
desarrollará con carácter voluntario, bajo la formas y en los términos previstos en las leyes,
pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que
suscriban.
La suscripción de los convenios deberá mejorar la eficiencia en la gestión pública, eliminar
duplicidades administrativas y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexto. El Ayuntamiento de Montijo acredita, para la realización del objeto del presente convenio, la plena disponibilidad del inmueble donde se van a ejecutar las actuaciones, “Plan
Municipal De Dinamización Juvenil a planificar y desarrollar desde el Espacio para la Creación
Joven de Montijo 2021”.
Este inmueble reúne las características idóneas para albergar un Espacio para la Creación
Joven, donde los jóvenes puedan realizar actividades de ocio y tiempo libre, siendo precisa la
ayuda económica del Instituto de la Juventud de Extremadura para realizar labores de dinamización y tareas de mantenimiento necesarias para cumplir con la finalidad de este Espacio.
Las labores de dinamización del Espacio para la Creación Joven de la localidad se llevarán
a cabo conforme a la propuesta de actividades presentada por el Ayuntamiento de Montijo,
orientada en la puesta en marcha de un Plan Local de Juventud que refuerce los fines y
Lunes, 27 de diciembre de 2021
61619
• Facilitar el acceso a la participación ciudadana de la juventud rural.
• Facilitar un lugar de encuentro a la juventud de las localidades beneficiadas.
• Ofrecer alternativas de ocio para el disfrute del tiempo libre de la juventud rural.
Quinto. Por su parte, el Ayuntamiento de Montijo es una entidad pública territorial de Extremadura entre cuyas competencias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por
la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local,
se encuentra la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo
libre.
Así mismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de
Extremadura, en su artículo 15. 1. D). 7º atribuye a los municipios extremeños la competencia
en “Planificación, ordenación, fomento y gestión de políticas de juventud”.
Establece así mismo el artículo 57 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local que
la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local y la de las
Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se
desarrollará con carácter voluntario, bajo la formas y en los términos previstos en las leyes,
pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que
suscriban.
La suscripción de los convenios deberá mejorar la eficiencia en la gestión pública, eliminar
duplicidades administrativas y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexto. El Ayuntamiento de Montijo acredita, para la realización del objeto del presente convenio, la plena disponibilidad del inmueble donde se van a ejecutar las actuaciones, “Plan
Municipal De Dinamización Juvenil a planificar y desarrollar desde el Espacio para la Creación
Joven de Montijo 2021”.
Este inmueble reúne las características idóneas para albergar un Espacio para la Creación
Joven, donde los jóvenes puedan realizar actividades de ocio y tiempo libre, siendo precisa la
ayuda económica del Instituto de la Juventud de Extremadura para realizar labores de dinamización y tareas de mantenimiento necesarias para cumplir con la finalidad de este Espacio.
Las labores de dinamización del Espacio para la Creación Joven de la localidad se llevarán
a cabo conforme a la propuesta de actividades presentada por el Ayuntamiento de Montijo,
orientada en la puesta en marcha de un Plan Local de Juventud que refuerce los fines y