Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021063862)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2022-2023.
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61223
2. E
n cada IES o IESO dependiente de la Consejería de Educación y Empleo se establecerá un
puesto en el que, además de los equipos electrónicos necesarios, se contará con la ayuda
de personal adecuado durante el tiempo de atención al público. Esta ayuda tiene la finalidad de proporcionar equipo si la persona no dispone de él y de orientar en la presentación
autónoma de la solicitud y del resto de acciones que son posibles de realizar.
3. P
ero además, en los centros públicos que imparten ciclos formativos habrá un perfil especial del programa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la Ciudadanía (SAC), que
la dirección del otorgará a cuantas personas funcionarias crea conveniente. Esto servirá
para realizar solicitudes, reclamaciones y/o matrículas online, en nombre de la persona
presentadora de la solicitud, en los casos en los que por alguna dificultad técnica no solventable con un poco de ayuda, no puedan acometerse con las credenciales de acceso de
dicha persona. Además, como se recoge en diferentes partes de esta resolución, en estos
mismos centros públicos que impartan formación profesional podrá hacerse el cotejo de
documentación.
4. L
as formas de acceso al programa Rayuela para realizar todas las gestiones que están automatizadas en la admisión al primer curso se explican en el apartado noveno. Si existieran
problemas en este aspecto, los centros públicos que imparten ciclos formativos a través
del mencionado perfil especial del programa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la
Ciudadanía (SAC) podrán atender a las personas solicitantes de acuerdo al punto anterior.
Trigésimo octavo. Requisitos técnicos de los equipos desde los que se accede al
programa y Centro de Atención al Usuario.
1. L
as personas podrán dirigir sus consultas al Centro de Atención a Usuarios de la Plataforma
Rayuela (CAU) a través del teléfono 924 004050 para solventar las dudas que pudieran
tener sobre la utilización de la Plataforma, así como sobre el procedimiento definido en la
presente resolución para la presentación electrónica de solicitudes.
2. L
os medios técnicos de los que deberán disponer las personas usuarias de la tramitación
electrónica son:
a) Navegador web estándar con las siguientes extensiones (plug-in) instaladas:
1) C
liente Java Runtime Environment 8 update 91 o superior.
2) C
liente visor de pdf.
b) Conexión ADSL 512 kbits o superior.
Jueves, 23 de diciembre de 2021
61223
2. E
n cada IES o IESO dependiente de la Consejería de Educación y Empleo se establecerá un
puesto en el que, además de los equipos electrónicos necesarios, se contará con la ayuda
de personal adecuado durante el tiempo de atención al público. Esta ayuda tiene la finalidad de proporcionar equipo si la persona no dispone de él y de orientar en la presentación
autónoma de la solicitud y del resto de acciones que son posibles de realizar.
3. P
ero además, en los centros públicos que imparten ciclos formativos habrá un perfil especial del programa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la Ciudadanía (SAC), que
la dirección del otorgará a cuantas personas funcionarias crea conveniente. Esto servirá
para realizar solicitudes, reclamaciones y/o matrículas online, en nombre de la persona
presentadora de la solicitud, en los casos en los que por alguna dificultad técnica no solventable con un poco de ayuda, no puedan acometerse con las credenciales de acceso de
dicha persona. Además, como se recoge en diferentes partes de esta resolución, en estos
mismos centros públicos que impartan formación profesional podrá hacerse el cotejo de
documentación.
4. L
as formas de acceso al programa Rayuela para realizar todas las gestiones que están automatizadas en la admisión al primer curso se explican en el apartado noveno. Si existieran
problemas en este aspecto, los centros públicos que imparten ciclos formativos a través
del mencionado perfil especial del programa Rayuela denominado Servicio de Apoyo a la
Ciudadanía (SAC) podrán atender a las personas solicitantes de acuerdo al punto anterior.
Trigésimo octavo. Requisitos técnicos de los equipos desde los que se accede al
programa y Centro de Atención al Usuario.
1. L
as personas podrán dirigir sus consultas al Centro de Atención a Usuarios de la Plataforma
Rayuela (CAU) a través del teléfono 924 004050 para solventar las dudas que pudieran
tener sobre la utilización de la Plataforma, así como sobre el procedimiento definido en la
presente resolución para la presentación electrónica de solicitudes.
2. L
os medios técnicos de los que deberán disponer las personas usuarias de la tramitación
electrónica son:
a) Navegador web estándar con las siguientes extensiones (plug-in) instaladas:
1) C
liente Java Runtime Environment 8 update 91 o superior.
2) C
liente visor de pdf.
b) Conexión ADSL 512 kbits o superior.