Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021063862)
Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el proceso de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos en régimen presencial completo, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el curso 2022-2023.
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NÚMERO 245
Jueves, 23 de diciembre de 2021

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b) En los ciclos de grado superior los valores serán los que se citan a continuación: El 60
% para el cupo primero, el 30 % para el segundo y el 10 % restante para el tercero.
2. L
 os cupos de plazas anteriores serán asignados a las personas aspirantes de acuerdo con lo
que se establece en los artículos 5 y 6 de la Orden de 27 de mayo de 2019, según se trate
respectivamente de grado medio o superior.
3. L
 as plazas para nuevo alumnado que estuvieran vacantes tras cada periodo de matriculación se distribuirán para la siguiente adjudicación, de acuerdo con las proporciones establecidas en el apartado 1 del artículo 4 de la orden. Por necesidad técnica, cuando durante
el mismo proceso de adjudicación se genere una vacante por resulta de mejora de plaza
de una persona para la que se ha reservado un puesto escolar, dicha vacante se adjudicará
directamente en el cupo ordinario de procedencia de dicha persona.
4. L
 as personas, si tienen los requisitos adecuados, deberán elegir uno y sólo un cupo de
reserva de los establecidos en el artículo 5.2 y artículo 6.2 de la orden, por el que desean
optar para todas las peticiones contenidas en la solicitud. No obstante, si se elige el cupo
primero, deberá aportar la titulación que menor prioridad tenga en la admisión de entre las
que disponga, de acuerdo a lo que se establece en el artículo 7 o en el artículo 10 de la orden,
según se trate de acceso a ciclo formativo de grado medio o superior, respectivamente.
Quinto. Requisitos de acceso a ciclos formativos de grado medio y cupos de reserva
de plazas y criterios de prioridad en la admisión.
1. L
 os requisitos de acceso a los ciclos de grado medio se especifican en el artículo 5 de la
Orden de 27 de mayo de 2019. En el mismo artículo se explica a qué cupo corresponde
cada requisito de acceso.
2. L
 os criterios de prioridad en caso de haber más peticiones que plazas disponibles en cada
cupo se regulan en los artículos 7, 8 y 9 de la citada orden.
Sexto. Requisitos de acceso a ciclos formativos de grado superior y cupos de reserva
de plazas y criterios de prioridad en la admisión.
1. L
 os requisitos de acceso a los ciclos de grado superior se especifican en el artículo 6 de la
Orden de 27 de mayo de 2019. En el mismo artículo se explica a qué cupo corresponde
cada requisito de acceso.
2. L
 os criterios de prioridad en caso de haber más peticiones que plazas disponibles en cada
cupo se regulan en los artículos 10, 11 y 12 de la citada orden.