Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2021063927)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Consejero, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración
y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de
las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
3. P
 ara calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo autorizado
se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio
presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de empleados fijos que se
hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes
de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro,
fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de
trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de
trabajo, o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto
de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas. No computarán como ceses los que se produzcan
como consecuencia de procesos de promoción interna, salvo en los supuestos de acceso
por este sistema al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el
artículo 62. 2 de la Ley Orgánica 6/20021, de 21 de diciembre, de Universidades.
4. L
 a validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del
EBEP:
a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada
por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de
la finalización de cada año.
b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial de la Provincia, Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años,
a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se
incluyan las plazas.
Como consecuencia de lo anterior la oferta autorizada se considera consumida una vez
celebrados los procesos selectivos correspondientes, con independencia del resultado de
dichos procesos.
Sexto. El pasado 19 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura
la Resolución de 4 de noviembre de 2021, de la Gerencia, por la que se aprueba la Oferta de
Empleo Público del personal de administración y servicios de la Universidad de Extremadura
para 2021 (DOE núm. 223, de 19 de noviembre de 2021). Por todo ello, de acuerdo con los
trámites realizados y en virtud de las competencias que tengo legalmente atribuidas,