Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2021063927)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Consejero, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

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taria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán
objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de
la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los
correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien
adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del
plazo improrrogable de tres años”.
Asimismo, el apartado segundo del mismo artículo señala que: “La Oferta de empleo público
o instrumento similar, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, deberá ser publicada en el Diario Oficial correspondiente”.
Cuarto. La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, en relación a la oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de
la provisión de necesidades de personal introduce en el apartado Dos de su artículo 19 que:
“la validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del EBEP:
a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada
por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de
la finalización de cada año.
b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial de la Provincia, Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años,
a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se
incluyan las plazas.
Como consecuencia de lo anterior la oferta autorizada se considera consumida una vez celebrados los procesos selectivos correspondientes, con independencia del resultado de dichos
procesos”.
Quinto. Por todo ello, siguiendo las estipulaciones contenidas en la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, la aprobación de la correspondiente Oferta de Empleo Público, queda sometida a las siguientes condiciones:
1. H
 abrá de atenerse, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del
presupuesto de gastos.
2. L
 a tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 110 por ciento para las plazas de los
Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica