Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2021063927)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Consejero, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 244
Miércoles, 22 de diciembre de 2021

61033

RESUELVO
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, la aprobación de las correspondientes
convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público para el personal de administración y servicios de la Universidad de Extremadura relativa al ejercicio 2021.
La aprobación de la correspondiente convocatoria de plazas derivada de la Oferta de Empleo
Público de la Institución Universitaria deberá respetar los siguientes requisitos:
1. H
 abrá de respetar, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los
correspondientes presupuestos de gastos de la Universidad de Extremadura autorizados
previamente por el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital mediante resolución
de 30 de noviembre de 2020, respetando escrupulosamente el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la institución Universitaria extremeña,
ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
2. L
 a tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 110 por ciento para las plazas de los
Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración
y servicios.
3. L
 a validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del
EBEP:
a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada
por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de
la finalización de cada año.
b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial de la Provincia, Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años,
a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se
incluyan las plazas.
Como consecuencia de lo anterior la oferta autorizada se considera consumida una vez celebrados los procesos selectivos correspondientes, con independencia del resultado de dichos
procesos.