Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Centro De Atención A Personas Mayores. (2021063925)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 3 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal de servicios residenciales, centros de día y centros de noche para incrementar el número de plazas financiadas durante 2021 para personas mayores en situación de dependencia.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

60511

cargo al centro gestor 110060000, en la aplicación presupuestaria G/232A/46000, fuente
de financiación TE, programa 20210470 “Mantenimiento de plazas en centros para mayores dependientes”.
2. La cuantía a transferir por cada plaza será de:
— Servicio de atención residencial: 11.100,00 euros por plaza /año.
— Servicio de centro de día y centro de noche: 6.100,00 euros por plaza/año.
La cuantía individualizada vendrá determinada por el resultado de multiplicar el importe
anual de cada tipo de plaza por el número máximo de plazas a financiar por año completo.
3. Para el servicio de atención residencial se financiarán los centros que cuenten con una
financiación menor del 50 % de las plazas que tenga acreditadas y hasta el límite máximo
del 47 % de las plazas acreditadas que disponga el centro. Para el servicio de centro de
día y centro de noche, se financiarán los centros que no disponga de ninguna de sus plazas
financiadas y hasta el límite máximo del 7 % del total de plazas acreditadas que disponga
el centro. Si realizados estos cálculos resultan plazas a financiar inferiores a un número
entero se efectuará el redondeo en el sentido más favorable a la entidad aún cuando de
esta manera se superen esos limites máximos establecidos.
4. Con los límites establecidos en el párrafo anterior, podrán financiarse los servicios de atención residencial y centros de día y de noche desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de
diciembre de 2021 en atención a los siguientes criterios:
— Plazas que hayan sido acreditadas con anterioridad al 1 de enero de 2021, se financiaran
desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021
— Plazas que hayan sido acreditadas entre el 1 de enero de 2021 y el 15 de octubre de
2021, se financiarán desde el mes de resolución de la acreditación hasta el 31 de diciembre de 2021
Quinto. Abono de transferencias.
1. Las transferencias previstas a las entidades locales se harán, una vez adoptado este acuerdo por el Consejo de Gobierno, por el 100% de la cantidad total prevista para cada entidad
en el anexo I y con cargo a la partida presupuestaria indicada en el apartado cuarto de
este acuerdo.
2. El pago que se efectúe a las entidades incluidas en el Anexo I, se formalizará mediante
resolución del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales a propuesta del Director Gerente