Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Centro De Atención A Personas Mayores. (2021063925)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 3 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal de servicios residenciales, centros de día y centros de noche para incrementar el número de plazas financiadas durante 2021 para personas mayores en situación de dependencia.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

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Segundo. Régimen jurídico.
1. El presente Programa de Colaboración Económica Municipal se articula a partir de las competencias que, en materia de acción social, atribuye a la Comunidad Autónoma el artículo
9.1, apartado 27 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como de las previsiones que, en materia de competencias propias municipales, establece el artículo 15.1 d) 1ª, y el artículo 35 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios
Sociales de Extremadura, donde se prevé que las entidades locales extremeñas colaborarán en el ámbito de sus respectivas competencias en el desarrollo de los servicios sociales,
en especial, en materia de atención de la dependencia, en relación con lo establecido en la
disposición transitoria primera de la LGAMEX, donde las propias entidades locales pueden
desplegar actuaciones respecto a la gestión de los servicios sociales y de las políticas de
inclusión social.
2. La gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas e
instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Entidades destinatarias del programa.
1. Serán entidades destinatarias del presente programa las entidades locales de la región que
ostenten la titularidad o disponibilidad de centros residenciales, centros de día y centros
de noche que presten servicios sociales a personas mayores en situación de dependencia
y con la excepción de los centros de titularidad de la Junta de Extremadura, siempre que,
en el caso de centros residenciales no cuenten con más del 50% de plazas financiadas
respecto al total de plazas acreditadas que disponga el centro y en el caso de centros de
día y de noche, no cuenten con plazas financiadas respecto al total de plazas acreditadas
que disponga el centro.
2. Los centros donde se presten los servicios de atención residencial, centro de día y centro
de noche deberán disponer de plazas de residencia, de centros de día y/o de centros de
noche que cuenten con la preceptiva autorización y acreditación de las plazas para atender
a las personas mayores en situación de dependencia, de conformidad con la normativa
vigente de Extremadura.
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. El programa tendrá una dotación global inicial de 4.752.675,00 euros con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, con