Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050209)
Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 243
Martes, 21 de diciembre de 2021

60061

tos. A estos efectos, se computarán los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, siempre que se hayan
prestado en Cuerpos o Escalas de funcionarios del Subgrupo C2.
3.2. Actividad formativa.


3.2.1. Realización de Cursos de Formación y Perfeccionamiento:

Se valorarán, hasta un máximo de 2,10 puntos, exclusivamente los cursos de formación y perfeccionamiento que guarden relación directa con las funciones del Cuerpo y
Especialidad a que se pretende acceder, organizados u homologados por la Escuela de
Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro
Centro Oficial de Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas, independientemente de la entidad
promotora de los mismos, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes.
La puntuación de los cursos de formación realizados se regirá por el sistema de créditos
determinado en el Acuerdo General de Formación de la Junta de Extremadura, de tal
manera que los cursos de formación aportados por los/as interesados/as que se ajusten a los requisitos de la convocatoria se traducirán a créditos, estableciéndose en 40 el
máximo de créditos valorables; es decir, el límite de 2,10 puntos fijado anteriormente
se alcanzará con 40 créditos.
A estos efectos los cursos de formación se valorarán independientemente cada uno de
ellos con un crédito por cada 10 horas lectivas, no valorándose los de menor duración,
pudiéndose establecer fracciones de medio crédito dentro de un mismo curso para fracciones de 5 horas o superior.
En los cursos de formación en los que se fijen pruebas para valorar el grado de aprovechamiento, la puntuación que resulte de la valoración de aquéllos se incrementará en
un 40 %, en caso de acreditarse que se han superado las mencionadas pruebas.


3.2.2. Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento:

Por la participación como ponente en cursos o actividades formativas que guarden relación directa con las funciones del Cuerpo y Especialidad a que se pretende acceder y
promovidos por los centros e instituciones a que se refiere el apartado 3.2.1 anterior,
se otorgarán 0,01 puntos por cada hora de ponencia certificada, hasta un máximo de
0,5 puntos, valorándose cada ponencia de forma independiente.