Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063839)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Instalación Solar Fotovoltaica `Carmonita II´ e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada", a realizar en el término municipal de Mérida, cuyo promotor es Aquila Solar, SLU. Expte.: IA19/1329.
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59787
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe favorable condicionado al cumplimiento de la totalidad de las medidas señaladas.
— Con fecha de 13 de septiembre de 2021, el Ayuntamiento de Mérida informa que en el
trazado de la infraestructura de evacuación no se encuentra ningún camino público perteneciente al Catálogo de Caminos Públicos del término municipal de Mérida, aprobado
en Pleno municipal el 23 de diciembre de 2019.
— Con fecha de 07 de octubre de 2021, la Dirección General de Salud Pública comunica
que, una vez revisada la documentación, emiten informe favorable.
— Con fecha de 26 de octubre de 2021, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal comunica que, tanto la instalación de los paneles como la línea de evacuación deben replantearse de forma que no se requiera eliminar ningún pie de encina de diámetro superior
a 18 cm (altura del pecho). Con esta premisa, informan favorablemente la ejecución de
la planta e infraestructura de evacuación, siempre que además se cumplan las medidas
siguientes:
• Si existe afección a la vegetación (eliminación de pies de diámetro inferior a 18 cm y/o
tratamiento silvícola de algún ejemplar), se contactará con el agente del medio natural.
• El señalamiento de los pies (menores de 18 cm de diámetro) a eliminar o ramas de
diámetro superior a 18 cm a podar se hará en presencia del agente del medio natural,
firmándose un acta de control en el que figure n° de pies, ubicación, especie y diámetro.
• En todo caso, las actuaciones sobre el arbolado se realizarán con medios manuales
y cumpliendo las normas técnicas recogidas en el anexo del Decreto 134/2019 (DOE
10-9-2019). Su ejecución se planificará en el período de parada vegetativa (entre 1 de
noviembre y 28 de febrero).
• La poda se ejecutará de forma que las copas queden bien conformadas, esto es, no se
podarán exclusivamente las ramas que puedan estorbar, sino que las copas deben quedar equilibradas. Cuando los cortes sean de más de 18 cm de diámetro será obligatorio
el uso de productos para el sellado y cicatrización de las heridas de poda.
• Para evitar la propagación de enfermedades y plagas asociadas a masas forestales,
antes de realizar un aprovechamiento o actividad en que vayan a utilizarse, se desinfectarán las herramientas de poda.
• Como medida fitosanitaria y de prevención de incendios forestales, se retirarán o eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la corta en un plazo no superior a
dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes de la declara-
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59787
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe favorable condicionado al cumplimiento de la totalidad de las medidas señaladas.
— Con fecha de 13 de septiembre de 2021, el Ayuntamiento de Mérida informa que en el
trazado de la infraestructura de evacuación no se encuentra ningún camino público perteneciente al Catálogo de Caminos Públicos del término municipal de Mérida, aprobado
en Pleno municipal el 23 de diciembre de 2019.
— Con fecha de 07 de octubre de 2021, la Dirección General de Salud Pública comunica
que, una vez revisada la documentación, emiten informe favorable.
— Con fecha de 26 de octubre de 2021, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal comunica que, tanto la instalación de los paneles como la línea de evacuación deben replantearse de forma que no se requiera eliminar ningún pie de encina de diámetro superior
a 18 cm (altura del pecho). Con esta premisa, informan favorablemente la ejecución de
la planta e infraestructura de evacuación, siempre que además se cumplan las medidas
siguientes:
• Si existe afección a la vegetación (eliminación de pies de diámetro inferior a 18 cm y/o
tratamiento silvícola de algún ejemplar), se contactará con el agente del medio natural.
• El señalamiento de los pies (menores de 18 cm de diámetro) a eliminar o ramas de
diámetro superior a 18 cm a podar se hará en presencia del agente del medio natural,
firmándose un acta de control en el que figure n° de pies, ubicación, especie y diámetro.
• En todo caso, las actuaciones sobre el arbolado se realizarán con medios manuales
y cumpliendo las normas técnicas recogidas en el anexo del Decreto 134/2019 (DOE
10-9-2019). Su ejecución se planificará en el período de parada vegetativa (entre 1 de
noviembre y 28 de febrero).
• La poda se ejecutará de forma que las copas queden bien conformadas, esto es, no se
podarán exclusivamente las ramas que puedan estorbar, sino que las copas deben quedar equilibradas. Cuando los cortes sean de más de 18 cm de diámetro será obligatorio
el uso de productos para el sellado y cicatrización de las heridas de poda.
• Para evitar la propagación de enfermedades y plagas asociadas a masas forestales,
antes de realizar un aprovechamiento o actividad en que vayan a utilizarse, se desinfectarán las herramientas de poda.
• Como medida fitosanitaria y de prevención de incendios forestales, se retirarán o eliminarán todos los restos vegetales procedentes de la corta en un plazo no superior a
dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes de la declara-