Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063784)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), y la Fundación Santa María la Real para la implantación del Programa Lanzaderas Conecta Empleo (Programa GPS Empleo) cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
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NÚMERO 242
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59746
8.2. Las partes se comprometen a cumplir todas las obligaciones legales vigentes en materia
de protección de datos.
8.3. La Fundación Santa María la Real, responsable del tratamiento de los datos, solicitará
el consentimiento de los/as participantes de los proyectos cuyos datos personales y de
contacto se remitan a la otra parte.
Novena. Deber de información.
9.1. L
as partes manifiestan que los datos por ellas aportados en el presente convenio serán
incluidos en una base de datos con la finalidad de gestionar la relación contractual entre
las partes. Asimismo, cada Parte garantiza cumplir con el deber de información respecto
de los empleados cuyos datos sean comunicados igualmente entre las partes con este fin.
9.2. La base jurídica que legitima este tratamiento es la gestión del convenio de colaboración
suscrito.
9.3. Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y, posteriormente, durante diez (10) años, con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades
derivadas de la relación contractual.
9.4. En todo caso, los interesados o afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a
través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente convenio, aportando fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente e identificando
el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
Décima. Medios.
Todo personal propio, subcontratado o colaborador, que las partes empleen en el desarrollo
del objeto de este convenio, será de la exclusiva cuenta y responsabilidad de cada Parte,
quién cuidará de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del
cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de
dichas relaciones, eximiendo expresamente a la otra parte de cualquier responsabilidad que
pueda derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.
Undécima. Financiación.
Las actuaciones objeto del presente convenio no conlleva gasto para el Servicio Extremeño
Público de Empleo (SEXPE).
Lunes, 20 de diciembre de 2021
59746
8.2. Las partes se comprometen a cumplir todas las obligaciones legales vigentes en materia
de protección de datos.
8.3. La Fundación Santa María la Real, responsable del tratamiento de los datos, solicitará
el consentimiento de los/as participantes de los proyectos cuyos datos personales y de
contacto se remitan a la otra parte.
Novena. Deber de información.
9.1. L
as partes manifiestan que los datos por ellas aportados en el presente convenio serán
incluidos en una base de datos con la finalidad de gestionar la relación contractual entre
las partes. Asimismo, cada Parte garantiza cumplir con el deber de información respecto
de los empleados cuyos datos sean comunicados igualmente entre las partes con este fin.
9.2. La base jurídica que legitima este tratamiento es la gestión del convenio de colaboración
suscrito.
9.3. Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y, posteriormente, durante diez (10) años, con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades
derivadas de la relación contractual.
9.4. En todo caso, los interesados o afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a
través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente convenio, aportando fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente e identificando
el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
Décima. Medios.
Todo personal propio, subcontratado o colaborador, que las partes empleen en el desarrollo
del objeto de este convenio, será de la exclusiva cuenta y responsabilidad de cada Parte,
quién cuidará de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del
cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal que se deriven de
dichas relaciones, eximiendo expresamente a la otra parte de cualquier responsabilidad que
pueda derivarse del incumplimiento de estas obligaciones.
Undécima. Financiación.
Las actuaciones objeto del presente convenio no conlleva gasto para el Servicio Extremeño
Público de Empleo (SEXPE).