Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2021AC0088)
Acuerdo de 3 de diciembre de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Visita Profesional a la Expo de Dubai, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 241
Viernes, 17 de diciembre de 2021

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Serán causas de revocación de la ayuda, y en su caso, el reintegro de las ayudas en especie que fueron entregados a los beneficiarios, las siguientes:
— que el beneficiario no hiciese entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento
de las actividades justificativas recogidas en el artículo 14 Justificación de la Ayuda.
— que, entregando el beneficiario la documentación justificativa, no fueran correctos tras
la subsanación otorgada.
— que el beneficiario no realizase las actividades subvencionables para el fin que estaban
previstas.
Se considerará como cantidad recibida a reintegrar, el importe equivalente al precio de
adquisición del bien, derecho o servicio.
3. E
 l procedimiento para la revocación y reintegro será el establecido en la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 16. Revocación de la ayuda sin reintegro.
1. J unto con las causas de reintegro previstas en el artículo anterior, la resolución de concesión quedará sin efecto, sin obligación de reintegro, en los siguientes casos:
Por causas imputables al beneficiario:
— Por enfermedad u otra circunstancia relacionada con el estado de salud del beneficiario
o de un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad y/o afinidad. Se evidenciará mediante certificado médico que lo justifique, y en caso del beneficiario la recomendación
de no viajar y para el caso del familiar, la documentación que acredite la relación de
parentesco.
— En caso de defunción de un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad y/o afinidad
del beneficiario. Se evidenciará mediante certificado de defunción y documentación que
acredite la relación de parentesco.
— Causas de fuerza mayor.
— Renuncia por parte del beneficiario dentro del plazo máximo de 3 días naturales desde
la notificación de la concesión de la ayuda.
— Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo máximo indicado en el punto anterior,
siempre y cuando no se haya incurrido en ningún tipo de gasto por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, relacionados con la participación del
beneficiario en la acción.

Fondo Europeo de
Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"