Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021063854)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2022 de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021



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2) Planteamiento general, diseño y contenido del plan de formación: hasta 30 puntos,
que se distribuirán del siguiente modo:



1.º Coherencia formativa: hasta 15 puntos, que se distribuirán atendiendo a los siguientes parámetros:



— Diseño del plan de formación, capacidad de respuesta del plan a las necesidades
de formación identificadas para el colectivo destinatario: hasta 5 puntos, de
acuerdo con los subcriterios establecidos en el anexo III de la Orden de 16 de
noviembre de 2021



— Capacidad técnica de la entidad solicitante teniendo en cuenta el número de
actividades formativas previstas y número de participantes previstos: hasta 5
puntos, según los subcriterios establecidos en el anexo III de la Orden de 16 de
noviembre de 2021.



— Forma de impartición: hasta 5 puntos, según los subcriterios establecidos en el
anexo III de la Orden de 16 de noviembre de 2021.



2.º Adecuación de los criterios para determinar la actividad formativa y de los instrumentos de evaluación del plan de formación: hasta 10 puntos, de acuerdo
con los subcriterios establecidos en el anexo III de la Orden de 16 de noviembre
de 2021.



3.º Adecuación de los mecanismos de seguimiento y difusión del plan de formación:
hasta 5 puntos, de acuerdo con los subcriterios establecidos en el anexo III de
la Orden de 16 de noviembre de 2021.

2. En caso de igualdad de puntuación entre varias solicitudes, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, relacionados por orden de prelación:
a. Mayor puntuación en el criterio de valoración previsto en el punto 1), referido a la representatividad de la entidad solicitante.
b. Mayor puntuación en el subcriterio de valoración 1º del punto 2) “Coherencia formativa”.
c. Mayor puntuación en el subcriterio de valoración 2º del punto 2) “Adecuación de los
criterios para determinar la actividad formativa y de los instrumentos de evaluación del
plan de formación”.
d. Mayor puntuación en el subcriterio de valoración 3º del punto 2) “Adecuación de los
mecanismos de seguimiento y difusión del plan de formación”.