Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2021063779)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de la localidad de Alcántara, con la categoría de sitio histórico.
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NÚMERO 240
59235
Jueves, 16 de diciembre de 2021
ción de poder, militar, político, cultural y religioso a raíz del establecimiento en la Villa de la
Orden de Alcántara.
El caserío actual de Alcántara es el resultado de un largo proceso histórico. El tejido edilicio,
su entramado urbano y los modelos arquitectónicos son producto de las realidades urbanísticas y arquitectónicas, que sujetas a imperativos económicos y culturales, se han sucedido en
el solar que ahora ocupa este magnífico enclave.
Por otra parte el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación, con sus
pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la adecuada
protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará constituida por el
espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a
sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo
Vista la Propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de 4 de
noviembre de 2021, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de Patrimonio
Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región,
recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como de las facultades conferidas en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 126, del 2 de julio), y demás preceptos
de general aplicación, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la localidad de Alcántara (Cáceres), con la categoría de Sitio Histórico, de acuerdo con lo descrito
en los anexos, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural
extremeño.
Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero. Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.
Cuarto. Notificar la resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Alcántara (Cáceres) y
al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, para que conste
en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al Boletín Oficial del Estado.
Mérida, 29 de noviembre de 2021.
La Consejera de Cultura, Turismo y
Deportes,
NURIA FLORES REDONDO
59235
Jueves, 16 de diciembre de 2021
ción de poder, militar, político, cultural y religioso a raíz del establecimiento en la Villa de la
Orden de Alcántara.
El caserío actual de Alcántara es el resultado de un largo proceso histórico. El tejido edilicio,
su entramado urbano y los modelos arquitectónicos son producto de las realidades urbanísticas y arquitectónicas, que sujetas a imperativos económicos y culturales, se han sucedido en
el solar que ahora ocupa este magnífico enclave.
Por otra parte el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación, con sus
pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la adecuada
protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará constituida por el
espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a
sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo
Vista la Propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de 4 de
noviembre de 2021, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de Patrimonio
Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región,
recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como de las facultades conferidas en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 126, del 2 de julio), y demás preceptos
de general aplicación, se formula la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la localidad de Alcántara (Cáceres), con la categoría de Sitio Histórico, de acuerdo con lo descrito
en los anexos, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural
extremeño.
Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero. Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.
Cuarto. Notificar la resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Alcántara (Cáceres) y
al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, para que conste
en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique, al Boletín Oficial del Estado.
Mérida, 29 de noviembre de 2021.
La Consejera de Cultura, Turismo y
Deportes,
NURIA FLORES REDONDO