Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063791)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por SAT n.º 7495 Los Hornos, en el término municipal de La Parra.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021

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de Aplicación Agrícola” de los estiércoles en el que conste, por años, la producción de
estiércoles o purines, su contenido en nitrógeno, así como las parcelas donde se aplica,
qué se cultiva y en qué momento se realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se
realizará cumpliendo las siguientes condiciones:


• La aplicación total de nitrógeno / ha · año será inferior a 80 Kg en cultivos de secano y
170 Kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los aportes de nitrógeno en la finca (purines o estiércol procedente de ganado, fertilizantes con contenido
en nitrógeno, etc.).



• Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán en
suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni
antes de regar ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una franja de 100
m de ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán a menos de 300 m
de cualquier captación de agua para el consumo humano. No se aplicará de forma que
cause olores u otras molestias a los vecinos. La distancia mínima para la aplicación del
purín sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de 1.000 m.



• La aplicación de los purines y estiércoles se regirá por los condicionantes de la Orden
de 9 de marzo de 2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que
se aprueba el Programa de actuación aplicable en las zonas vulnerables a contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias en Extremadura; así como por
la Orden de 6 de agosto de 2009, por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de
2009.

— Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales: Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido
en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas conforme a lo establecido
en la Ley 22/2011.
Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la legislación y normas técnicas que le sean
de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no podrá exceder de seis meses. La gestión de residuos deberá ser realizada por empresas
que estén registradas conforme a la normativa.
La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009
por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales