Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063791)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por SAT n.º 7495 Los Hornos, en el término municipal de La Parra.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021

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4.1. M
 edidas preventivas y correctoras en la fase de adaptación y construcción:
— Se deberá evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. En caso de iluminación exterior se usará preferentemente iluminación en puntos bajos, dirigido hacia
el suelo (apantallado) o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística
nocturna.
— La mayoría de las instalaciones están ya construidas por lo que no se prevén medidas
específicas. En cualquier caso, deberán integrarse paisajísticamente las de nueva construcción y se recomienda en las existentes, en el caso de o estarlo, sustituyendo materiales en caso necesario (las cubiertas y elementos exteriores, como tolvas y depósitos,
deben ser de color verde oscuro o rojo teja, mates no brillantes y los acabados de las
construcciones deberán ser de tonos que se integren lo mejor posible en el entorno,
utilizando tono tostados, ocres o albero para los exteriores).
— Las instalaciones deberán impedir que las aguas pluviales recogidas en las cubiertas de
las instalaciones entren en contacto con las deyecciones de los animales. La pendiente
de los suelos de las instalaciones donde permanecen los animales deberá permitir la
evacuación de los efluentes sólo hacia el sistema de recogida estanco.
— Se dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento de las aguas de
limpieza y purines de las naves y estercolero, que garantice que no se produzcan vertidos ni al terreno ni a ningún curso o punto de agua. Para ello dispondrá de dos fosas
de purines. Las fosas se diseñarán, dimensionarán y ubicarán adecuadamente, de tal
manera que se evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas, asegurando que se evitan pérdidas por rebosamientos o por inestabilidad
geotécnica. Las fosas contarán con un cerramiento perimetral que impida el acceso de
personas y animales, con un talud perimetral que impida desbordamientos y con cuneta
en su perímetro que evite el acceso de aguas de escorrentía a su interior.
— Se dispondrá de un estercolero que será una superficie estanca e impermeable, con un
sistema de recogida de lixiviados conectado a la fosa. Se deberá cubrir el estercolero
mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástico), impidiendo
de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto.
— La frecuencia de vaciado de las fosas y del estercolero deberá coincidir como mínimo
con los periodos de vacío sanitario y limpieza de las instalaciones y siempre antes de
superar los 2/3 de su capacidad, momento que se aprovechará para el mantenimiento
de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier deficiencia de la instalación.