Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Formación De La Escuela De Administración Pública. (2021050203)
Orden de 2 de diciembre de 2021 por la que se aprueba el Plan de Formación para el año 2022 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 239
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
58859
7. E
l personal empleado público podrá participar en cursos de formación durante los permisos
por parto, adopción o acogimiento, según lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público
8. L
as condiciones generales o específicas de participación deberán cumplirse en las fechas de
celebración de cada actividad programada.
Artículo 3. Modalidades de formación.
1. L
as actividades formativas del Plan de Formación para el año 2022 responden a diferentes
entornos de aprendizaje, metodologías y condiciones de participación. Se incluyen actividades formativas presenciales, con formación en los propios centros de trabajo, semipresenciales y en línea a través de internet, ya sean masivas o no.
2. L
as diferentes modalidades formativas pueden considerarse, así mismo, respecto a la participación como de carácter elegible o no elegible, en función de que su realización resulte,
respectivamente, voluntaria o preceptiva para determinados colectivos de empleados públicos. La correspondiente ficha técnica de la actividad formativa deberá establecer expresamente esta circunstancia.
3. L
as diferentes actividades formativas podrán ser solicitadas por aquel personal destinatario
que cumplan con el perfil que se indique en sus respectivas fichas técnicas y con los requisitos técnicos exigidos.
4. L
as fichas técnicas de cada actividad podrán determinar algunas condiciones específicas
de participación.
Artículo 4. Solicitudes.
1. E
l procedimiento para solicitar la participación en las actividades formativas programadas,
el número máximo de actividades formativas que pueden solicitarse, así como el plazo de
presentación de solicitudes se especificará en la correspondiente resolución que apruebe
la convocatoria.
2. L
as diferentes actividades formativas podrán contar con múltiples ediciones a lo largo del
año, siempre que el número de solicitudes y las disponibilidades presupuestarias y técnicas
así lo permitan. La participación en estas ediciones se especificará en la correspondiente
resolución, no resultando precisa realizar nueva solicitud.
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
58859
7. E
l personal empleado público podrá participar en cursos de formación durante los permisos
por parto, adopción o acogimiento, según lo dispuesto en el artículo 49 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público
8. L
as condiciones generales o específicas de participación deberán cumplirse en las fechas de
celebración de cada actividad programada.
Artículo 3. Modalidades de formación.
1. L
as actividades formativas del Plan de Formación para el año 2022 responden a diferentes
entornos de aprendizaje, metodologías y condiciones de participación. Se incluyen actividades formativas presenciales, con formación en los propios centros de trabajo, semipresenciales y en línea a través de internet, ya sean masivas o no.
2. L
as diferentes modalidades formativas pueden considerarse, así mismo, respecto a la participación como de carácter elegible o no elegible, en función de que su realización resulte,
respectivamente, voluntaria o preceptiva para determinados colectivos de empleados públicos. La correspondiente ficha técnica de la actividad formativa deberá establecer expresamente esta circunstancia.
3. L
as diferentes actividades formativas podrán ser solicitadas por aquel personal destinatario
que cumplan con el perfil que se indique en sus respectivas fichas técnicas y con los requisitos técnicos exigidos.
4. L
as fichas técnicas de cada actividad podrán determinar algunas condiciones específicas
de participación.
Artículo 4. Solicitudes.
1. E
l procedimiento para solicitar la participación en las actividades formativas programadas,
el número máximo de actividades formativas que pueden solicitarse, así como el plazo de
presentación de solicitudes se especificará en la correspondiente resolución que apruebe
la convocatoria.
2. L
as diferentes actividades formativas podrán contar con múltiples ediciones a lo largo del
año, siempre que el número de solicitudes y las disponibilidades presupuestarias y técnicas
así lo permitan. La participación en estas ediciones se especificará en la correspondiente
resolución, no resultando precisa realizar nueva solicitud.