Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Subvenciones. (2021063664)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021

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6. En todo caso, el solicitante no tendrá la obligación de presentar aquellos datos o documentos que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A
estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo la Administración autonómica recabarlos
electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de
intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
Sexto. Procedimiento de concurrencia competitiva iniciado mediante convocatoria
periódica.
El procedimiento de concesión de subvenciones es el de concurrencia competitiva mediante
convocatoria periódica y se inicia de oficio mediante la convocatoria que aprueba la presente
resolución.
La convocatoria será objeto de su publicación junto con su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Será también objeto de publicación en el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura
de conformidad con el artículo 20 de la Ley 6/2011. El mencionado portal está ubicado en la Sede
Electrónica Corporativa, en la siguiente dirección: http://www.sede.gobex.es/SEDE/ en el que se
procederá también a la publicación del decreto por el que se aprobaron las bases reguladoras. Asimismo, en los términos establecidos en el artículo 11 la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura, se publicarán en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana el texto íntegro de la convocatoria, la relación de beneficiarios, el importe de las
ayudas y la normativa reguladora.
Séptimo. Criterios de valoración y ponderación.
1. En la concesión de las subvenciones, se ordenarán las solicitudes en función de su puntuación, de acuerdo con los siguientes criterios objetivos con un máximo de 30 puntos:
a. Dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados:


I. Tener contratado un seguro de explotación en las líneas de seguros previstas para
el ganado vacuno, ovino o caprino en el Plan de Seguros Agrarios Combinados del
ejercicio que se trate: 5 puntos.

II. Si se tiene contratada, adicionalmente, la garantía de saneamiento ganadero: 5
puntos adicionales
b. Explotaciones ganaderas integradas en agrupación de defensa sanitaria, cooperativa
u otra forma asociativa del ámbito agrario, hasta 5 puntos, en función de la siguiente
gradación y criterio, pudiendo acumularse entre sí: