Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063808)
Extracto de la Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a los ejercicios 2021-2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021
58329
los Programas I y/o II, y que inicien una actividad empresarial como trabajador/a por cuenta
propia a título individual siempre que deban quedar encuadrados/as en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (RETA).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 73/2018, de 29 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a
través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 107,
de 4 de junio).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 475.000,00 euros,
que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas y anualidades:
Programas I, II y III:( CONVO/2021/0000007955)
— Ejercicio 2021: 75.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 375.000,00 euros.
Programa IV: (CONVO/2021/0000007969)
— Ejercicio 2021: 10.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 15.000,00 euros.
Las cuantías de las ayudas son:
Programa I:
— La cuantía de la ayuda por puesto de trabajo creado a jornada completa, será equivalente al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad, durante los primeros 12 meses de la contratación.
— A efectos del cómputo de la subvención, cuando el trabajador/a esté en alta el mes
completo se subvencionarán 30 días, independientemente de los días naturales del
periodo. Cuando la persona trabajadora no esté en alta el mes completo, el cálculo se
realizará en función de los días efectivamente trabajados, teniendo como referencia una
mensualidad de 30 días.
— Cuando las contrataciones subvencionadas se suscriban a tiempo parcial, los importes
de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.
Viernes 10 de diciembre de 2021
58329
los Programas I y/o II, y que inicien una actividad empresarial como trabajador/a por cuenta
propia a título individual siempre que deban quedar encuadrados/as en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos (RETA).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 73/2018, de 29 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a
través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 107,
de 4 de junio).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 475.000,00 euros,
que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas y anualidades:
Programas I, II y III:( CONVO/2021/0000007955)
— Ejercicio 2021: 75.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 375.000,00 euros.
Programa IV: (CONVO/2021/0000007969)
— Ejercicio 2021: 10.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 15.000,00 euros.
Las cuantías de las ayudas son:
Programa I:
— La cuantía de la ayuda por puesto de trabajo creado a jornada completa, será equivalente al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente en cada anualidad, durante los primeros 12 meses de la contratación.
— A efectos del cómputo de la subvención, cuando el trabajador/a esté en alta el mes
completo se subvencionarán 30 días, independientemente de los días naturales del
periodo. Cuando la persona trabajadora no esté en alta el mes completo, el cálculo se
realizará en función de los días efectivamente trabajados, teniendo como referencia una
mensualidad de 30 días.
— Cuando las contrataciones subvencionadas se suscriban a tiempo parcial, los importes
de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.