Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Subvenciones. (2021063423)
Resolución de 9 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2021, la convocatoria de ayudas a las inversiones para la comercialización en común de ganado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 235
Jueves 9 de diciembre de 2021



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1º) Facturas, firmadas y selladas por la empresa emisora, acompañadas de documentos o justificantes de pago emitidos por la entidad bancaria.



2º) Resumen de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los
gastos, debidamente ordenados y numerados, incluyendo los datos de las facturas
presentadas (fecha de emisión de la factura, fecha del servicio prestado, NIF, número de factura, emisor, concepto, totales, importe sin IVA, IVA, importe con IVA).

De acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se considerará gasto
realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo
de justificación.
3. E
 l pago de la ayuda se realizará previa comprobación y certificación por el Servicio de Producción Agraria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la correcta ejecución
y justificación de las inversiones objeto de ayuda. La forma de pago se realizará mediante
transferencia bancaria.
4. T
 ranscurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado la misma ante
el órgano instructor, este requerirá a la beneficiaria para que en el plazo improrrogable de
quince días hábiles sea presentada a los efectos previstos en este apartado. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado, o la justificación insuficiente, llevará consigo la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas.
5. Con carácter excepcional y por resolución motivada, podrá autorizarse un anticipo de hasta
el 50 % de la subvención en aquellos casos en que la inversión lo exija y que se haya justificado documentalmente al menos el 50 por ciento de la inversión aprobada.
En ese caso será necesario presentar una garantía constituida mediante seguro de caución
prestado por entidad aseguradora o mediante aval solidario de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca. La garantía deberá cubrir el 100 % del importe de las cantidades
anticipadas y será liberada una vez comprobada la realización de la actividad o proyecto para
el que se concedió la subvención.
Noveno. Financiación.
1. L
 as ayudas contempladas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, anualidad 2022, con imputación a
la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/77000 FR14040202 20160148 denominado “4.2.2. Comercialización de ganado en común”, con un total de 2.500.000,00 euros (dos
millones quinientos mil euros).