Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063727)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "San Serván 6" a ejecutar en el término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), y cuyo promotor es FRV San Serván 6, SL. Expte.: IA21/1255 (antiguo IA19/1394).
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NÚMERO 235
Jueves 9 de diciembre de 2021

58013

— En el proyecto original se establecía que la cimentación de los centros de transformación
se realizará sobre pilotes cilíndricos con un diámetro de 50 cm y una profundidad de 90 cm
sobre la cota de la explanación. En el proyecto final se han ejecutado cimentaciones de 7,1
x 3,5 m (lo que implica una superficie ocupada total de 175 m2) con vaciado en el centro
para la conexión de los cables que lo conectan con los inversores y con la subestación de
elevación, La cimentación de los transformadores de potencia está dotada de cubeto de
recogida de aceite del transformador de potencia.
— En el proyecto modificado se ha tenido en cuenta la medida preventiva D.2.8 de la declaración de impacto ambiental del proyecto, en la que se condiciona a que los viales nuevos y
los tramos a acondicionar se adapten a la orografía de la zona y minimicen los movimientos
de tierra. De este modo se ha reducido en 1 metro el ancho total del camino, en 5 centímetros el espesor de la capa de zahorra y se ha eliminado o reducido a 15 centímetros la capa
de subrasante, de modo que los nuevos viales internos quedan a ras de suelo. Esta modificación reduce la superficie de viales de los 25.560 m2 iniciales a los 11.040 m2 finales.
— El vallado finalmente instalado en la obra se compone de 4.460 metros de valla metálica
anudada de 2 metros de altura con mallado cinegético de 15 x 30 cm fabricada en alambre
galvanizado tras la cual se instalará, o dejará crecer de forma natural, según lo indicado
en la medida D.2.17 de la declaración de impacto ambiental, una pantalla vegetal de 2
metros de espesor en los frentes en los que la visibilidad del parque solar sea elevada para
las personas.
3.1. Movimientos de tierra.
Mediante esta modificación, además de lo anterior, se pretende justificar los movimientos
de tierra realizados en la fase de construcción de la instalación solar fotovoltaica no contemplados previamente en la declaración de impacto ambiental (DIA), así como, la necesidad de realizar dichos movimientos de tierra. Evaluándose en la presente modificación.
— La topografía del proyecto original no disponía de detalle suficiente para hacer una correcta estimación de los movimientos de tierra necesarios para la instalación de las estructuras de soporte de los módulos solares. La realidad al ejecutar el acondicionamiento del terreno ha sido que en zonas se acumulaba tierra vegetal hasta una profundidad
de 2 metros, es decir, que el espesor variable y no correctamente cubicado de la tierra
vegetal presente en las zonas de explanación ha resultado mucho mayor de lo proyectado. Así mismo, la diferencia de pendientes entre la topografía previa y el replanteo
real ha supuesto un aumento del cubicaje de la tierra movida en la fase de ejecución de
obra que debía ser depositada en vertedero o en el área del proyecto. Por todo ello se
ha considerado necesaria la realización de acopios de tierra dentro de las parcelas del
proyecto en forma de caballones como se indica en la DIA.