Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063717)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación a regadío de cultivos de olivar y frutales en una superficie de 22,2081 hectáreas en la finca Cabezarrubia", en el término municipal de Talarrubias (Badajoz). Expte.: IA18/0349.
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NÚMERO 235
Jueves 9 de diciembre de 2021
57991
• Sin duda la transformación supone la merma en la superficie disponible para el campeo y la alimentación de esteparias, pero en el EsIA se plantea como medida compensatoria la implantación y/o mejora de pastizales para ser utilizados como zona de
alimento y refugio para la fauna en parcelas limítrofes a las parcelas afectadas. Por
otra parte, el paso de zona arable de secano a plantación de regadío tiene efectos negativos sobre el ecosistema, pero no tantos como se le viene presuponiendo. No todos
los cultivos de regadío son iguales ni se gestionan de igual forma. Estas plantaciones
se riegan mediante riego localizado por goteo, lo que nos garantiza máxima eficiencia
en la gestión del agua y los fertilizantes. Asimismo, debido al mercado al que van
dirigidas las producciones, se aplican técnicas de manejo, especialmente de abonos
y fitosanitarios, bajo los principios de residuo cero en lo que a seguridad alimentaria
se refiere y mínimo impacto en lo que a afección al entorno natural. Dichas normas
de calidad imponen poner especial atención en evitar la contaminación de acuíferos,
la salinización de los suelos y su erosión, obligando a sistemas de cultivo sin laboreo,
manteniendo la capa vegetal e incorporando al suelo los residuos de la poda.
• Estas plantaciones tienen también impactos positivos, no sólo sobre la economía de
un área tan deprimida como esta, también sobre la fauna, ofreciendo los árboles frutales una oportunidad para la nidación de ciertas especies de aves e incrementándose
la disponibilidad de puntos de agua y alimentos para otras especies.
Concluye el promotor que las actuaciones descritas en el proyecto se desarrollan dentro
de los límites de la Red Natura 2000, pudiendo afectar a sus hábitats y sus especies, sin
embargo, con el paquete de medidas preventivas y correctoras propuestas en el EsIA (que
incluyen las indicadas en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas), esta afección no tendrá unos valores negativos elevados, siendo asumibles.
— En relación a lo indicado por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el
promotor indica en el EsIA que la solicitud de evaluación de impacto ambiental se realiza
para las 22,2081 ha expresadas y localizadas en el propio EsIA. En cuanto al recurso
hídrico necesario, explica que el planteamiento es el indicado en la solicitud de modificación de la concesión CONC 21030, por lo que la superficie será regada mediante la
impulsión directa de agua a través de una tubería desde la toma directa que tiene la finca en el P.K. 4+240 del Canal de las Dehesas, sin que para ello se utilicen instalaciones
ni obras vinculadas a la otra concesión con la que cuenta la explotación (CONC 26/02).
Por otro lado, en el EsIA se indica la conformidad con el resto de medidas incluidas en
el informe emitido en la fase de consultas.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto “Transformación a regadío de cultivos de olivar y frutales en una superficie de 22,2081 hectáreas en la
Jueves 9 de diciembre de 2021
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• Sin duda la transformación supone la merma en la superficie disponible para el campeo y la alimentación de esteparias, pero en el EsIA se plantea como medida compensatoria la implantación y/o mejora de pastizales para ser utilizados como zona de
alimento y refugio para la fauna en parcelas limítrofes a las parcelas afectadas. Por
otra parte, el paso de zona arable de secano a plantación de regadío tiene efectos negativos sobre el ecosistema, pero no tantos como se le viene presuponiendo. No todos
los cultivos de regadío son iguales ni se gestionan de igual forma. Estas plantaciones
se riegan mediante riego localizado por goteo, lo que nos garantiza máxima eficiencia
en la gestión del agua y los fertilizantes. Asimismo, debido al mercado al que van
dirigidas las producciones, se aplican técnicas de manejo, especialmente de abonos
y fitosanitarios, bajo los principios de residuo cero en lo que a seguridad alimentaria
se refiere y mínimo impacto en lo que a afección al entorno natural. Dichas normas
de calidad imponen poner especial atención en evitar la contaminación de acuíferos,
la salinización de los suelos y su erosión, obligando a sistemas de cultivo sin laboreo,
manteniendo la capa vegetal e incorporando al suelo los residuos de la poda.
• Estas plantaciones tienen también impactos positivos, no sólo sobre la economía de
un área tan deprimida como esta, también sobre la fauna, ofreciendo los árboles frutales una oportunidad para la nidación de ciertas especies de aves e incrementándose
la disponibilidad de puntos de agua y alimentos para otras especies.
Concluye el promotor que las actuaciones descritas en el proyecto se desarrollan dentro
de los límites de la Red Natura 2000, pudiendo afectar a sus hábitats y sus especies, sin
embargo, con el paquete de medidas preventivas y correctoras propuestas en el EsIA (que
incluyen las indicadas en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas), esta afección no tendrá unos valores negativos elevados, siendo asumibles.
— En relación a lo indicado por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, el
promotor indica en el EsIA que la solicitud de evaluación de impacto ambiental se realiza
para las 22,2081 ha expresadas y localizadas en el propio EsIA. En cuanto al recurso
hídrico necesario, explica que el planteamiento es el indicado en la solicitud de modificación de la concesión CONC 21030, por lo que la superficie será regada mediante la
impulsión directa de agua a través de una tubería desde la toma directa que tiene la finca en el P.K. 4+240 del Canal de las Dehesas, sin que para ello se utilicen instalaciones
ni obras vinculadas a la otra concesión con la que cuenta la explotación (CONC 26/02).
Por otro lado, en el EsIA se indica la conformidad con el resto de medidas incluidas en
el informe emitido en la fase de consultas.
Revisado el EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto “Transformación a regadío de cultivos de olivar y frutales en una superficie de 22,2081 hectáreas en la