Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2021063684)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021
57777
los delitos o faltas que constituye el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente,
será título acreditativo de esta situación el informe del Ministerio Fiscal que indique la
existencia de indicios de que la solicitante es víctima de la violencia de género hasta
tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.
4. B
onificaciones: la persona que sea miembro de familia numerosa, tendrá una bonificación
del 50 por ciento.
5. Documentación a presentar en la solicitud:
a. Aquellas personas que hayan abonado la tasa completa deberán aportar el ejemplar
I (para la Administración) del Modelo-50, debidamente diligenciado o sellado por la
entidad financiera.
b. Q
uienes tengan derecho a la bonificación del 50 % del abono del precio público por
derechos de examen, deberán aportar la documentación acreditativa correspondiente
(tarjeta acreditativa en activo).
c. Para la exención total o parcial del abono del precio público por derechos de examen,
se deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. Las personas a las
que se refiere el punto 3.a de este apartado deberán aportar el Documento de Alta y
Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado.
Cuarto. Funciones de la Comisiones de Desarrollo.
1. E
ntre las funciones de las Comisiones de Desarrollo estará la planificación y supervisión
del desarrollo de las pruebas; custodia de los ejercicios y su traslado para la posterior
corrección por parte de las comisiones evaluadoras; emisión y firma de las actas.
2. L
as Comisiones de desarrollo velarán por el control de entrega de ejercicios. Para ello,
cada aspirante firmará la entrega de cada ejercicio en el listado de participantes, siendo
éste firmado por la presidencia de la comisión para su posterior traslado a la Comisión
evaluadora junto con los ejercicios. Si la presidencia de la comisión lo estima necesario
podrá nombrar un colaborador o colaboradora adicional por cada parte que apoye en las
labores de control de entrega de ejercicios.
3. L
as Comisiones para el desarrollo de las pruebas tomarán las medidas específicas para la
adaptación de las pruebas a cada aspirante que, por razones de discapacidad o incapacidad
temporal, lo hubieran solicitado en la inscripción o por incapacidad temporal sobrevenida
posteriormente a la solicitud. En estos casos, la Comisión evaluadora habrá determinado y
concretado con las Comisiones para el desarrollo de las pruebas, las adaptaciones que han
de aplicarse a cada aspirante.
Martes 7 de diciembre de 2021
57777
los delitos o faltas que constituye el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente,
será título acreditativo de esta situación el informe del Ministerio Fiscal que indique la
existencia de indicios de que la solicitante es víctima de la violencia de género hasta
tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.
4. B
onificaciones: la persona que sea miembro de familia numerosa, tendrá una bonificación
del 50 por ciento.
5. Documentación a presentar en la solicitud:
a. Aquellas personas que hayan abonado la tasa completa deberán aportar el ejemplar
I (para la Administración) del Modelo-50, debidamente diligenciado o sellado por la
entidad financiera.
b. Q
uienes tengan derecho a la bonificación del 50 % del abono del precio público por
derechos de examen, deberán aportar la documentación acreditativa correspondiente
(tarjeta acreditativa en activo).
c. Para la exención total o parcial del abono del precio público por derechos de examen,
se deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente. Las personas a las
que se refiere el punto 3.a de este apartado deberán aportar el Documento de Alta y
Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado.
Cuarto. Funciones de la Comisiones de Desarrollo.
1. E
ntre las funciones de las Comisiones de Desarrollo estará la planificación y supervisión
del desarrollo de las pruebas; custodia de los ejercicios y su traslado para la posterior
corrección por parte de las comisiones evaluadoras; emisión y firma de las actas.
2. L
as Comisiones de desarrollo velarán por el control de entrega de ejercicios. Para ello,
cada aspirante firmará la entrega de cada ejercicio en el listado de participantes, siendo
éste firmado por la presidencia de la comisión para su posterior traslado a la Comisión
evaluadora junto con los ejercicios. Si la presidencia de la comisión lo estima necesario
podrá nombrar un colaborador o colaboradora adicional por cada parte que apoye en las
labores de control de entrega de ejercicios.
3. L
as Comisiones para el desarrollo de las pruebas tomarán las medidas específicas para la
adaptación de las pruebas a cada aspirante que, por razones de discapacidad o incapacidad
temporal, lo hubieran solicitado en la inscripción o por incapacidad temporal sobrevenida
posteriormente a la solicitud. En estos casos, la Comisión evaluadora habrá determinado y
concretado con las Comisiones para el desarrollo de las pruebas, las adaptaciones que han
de aplicarse a cada aspirante.