Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021063634)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas de la línea específica de subvenciones del Programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, correspondiente a la anualidad 2021.
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NÚMERO 231
Miércoles 1 de diciembre de 2021
57065
c) Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros
del núcleo de convivencia y, en su caso, copia del documento público que acredite la
imposibilidad de ocupar la vivienda de que sean titulares las personas solicitantes.
d) El modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria, en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
2. S
alvo que las personas interesadas se hubieren opuesto expresamente a ello en el modelo
normalizado de solicitud, la Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente la
copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identidad de extranjero (NIE)
de la/s persona/s solicitante/s y de la persona que ejerza la representación, en su caso.
3. L
a Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente la información acreditativa del
nivel de renta de las personas interesadas, salvo que no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud.
No mediando autorización expresa, las personas interesadas deberán presentar, junto con
su solicitud, la copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF) correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior al de la
presentación de la solicitud, de todos los miembros del núcleo de convivencia.
En caso de no estar obligados a presentar la citada declaración, y siempre que no mediara
aquella autorización expresa, las personas interesadas deberán aportar copia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.
Si las personas interesadas hubieren obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación
por IRPF, deberá aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público
competente, que acredite los importes percibidos.
4. E
l modelo normalizado de solicitud incorporará las declaraciones responsables que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en el resuelvo tercero.
5. S
e aportará de oficio al procedimiento un informe social que acredite si concurre o no la
condición de persona especialmente vulnerable.
Octavo. Cuantía y pago de la ayuda.
1. L
a cuantía de la ayuda será el 90% del importe mensual de la renta que figure en el contrato, con un límite máximo de 260 €.
Miércoles 1 de diciembre de 2021
57065
c) Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros
del núcleo de convivencia y, en su caso, copia del documento público que acredite la
imposibilidad de ocupar la vivienda de que sean titulares las personas solicitantes.
d) El modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria, en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
2. S
alvo que las personas interesadas se hubieren opuesto expresamente a ello en el modelo
normalizado de solicitud, la Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente la
copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identidad de extranjero (NIE)
de la/s persona/s solicitante/s y de la persona que ejerza la representación, en su caso.
3. L
a Dirección General de Vivienda recabará electrónicamente la información acreditativa del
nivel de renta de las personas interesadas, salvo que no lo hubieren autorizado expresamente en el modelo normalizado de solicitud.
No mediando autorización expresa, las personas interesadas deberán presentar, junto con
su solicitud, la copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF) correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior al de la
presentación de la solicitud, de todos los miembros del núcleo de convivencia.
En caso de no estar obligados a presentar la citada declaración, y siempre que no mediara
aquella autorización expresa, las personas interesadas deberán aportar copia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.
Si las personas interesadas hubieren obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación
por IRPF, deberá aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público
competente, que acredite los importes percibidos.
4. E
l modelo normalizado de solicitud incorporará las declaraciones responsables que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en el resuelvo tercero.
5. S
e aportará de oficio al procedimiento un informe social que acredite si concurre o no la
condición de persona especialmente vulnerable.
Octavo. Cuantía y pago de la ayuda.
1. L
a cuantía de la ayuda será el 90% del importe mensual de la renta que figure en el contrato, con un límite máximo de 260 €.