Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063627)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación avícola de cebo intensivo de pollos, en el término municipal de Puebla de la Reina, cuyo promotor es Mediciones Topográficas Extremeñas, SL. Expte.: IA19/1267.
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NÚMERO 231
Miércoles 1 de diciembre de 2021

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c) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 2 de agosto de 2021, la DGS comunica al promotor que en el periodo de información
pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas,
se han recibido los siguientes informes, cuya copia se adjunta, para su conocimiento
y consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y en el
estudio de impacto ambiental. Se adjuntan informes de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana, Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural, del Servicio de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, y de la Dirección General de Urbanismo
y Ordenación del Territorio.
Con fecha 25 de agosto de 2021, el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio de
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de explotación avícola y el resto
de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas. El promotor manifiesta su conformidad en términos generales y
se compromete a implementar cada una de las medidas propuestas salvo el cambio de
ubicación de las instalaciones propuesto en el informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas, manifestando que dicho cambio de ubicación no sería viable
ya que incumpliría el régimen de distancias entre explotaciones avícolas. En compensación
propone la reforestación de 10 encinas por cada encina que pudiera verse afectada por la
nueva instalación, realizando las labores necesarias para asegurar su supervivencia.
Revisado el documento técnico del proyecto y los informes emitidos, con toda la información
hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para el
proyecto, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta
en base a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
Alternativas de emplazamiento


• Alternativa cero (descartada): Implicaría la no realización del proyecto objeto de esta
declaración. Queda descartada por el promotor ya que el no acometer el proyecto