Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0083)
Acuerdo de 29 de julio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Navaconcejo.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021

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1. Se consolida el modelo de ocupación existente, al no existir motivos que aconsejen la adopción de un
modelo de ocupación del territorio distinto del ya consolidado. Esto implica una delimitación ajustada
de las zonas urbanas y urbanizables, haciendo compatibles las necesidades de suelo de nuevo
desarrollo con la necesaria racionalización de los procesos de crecimiento.
2. Se establece el marco jurídico adecuado para la intervención de la administración local en el sentido
de eliminar las actuaciones urbanísticas ilegales y los factores generadores de especulación.
3. Se potencia la protección del territorio del término no apto para su ocupación urbana, con especial
preservación de las zonas de interés tanto paisajístico como ecológico.
4. Se determinan las condiciones de compatibilidad bajo las cuales sí serán posibles ciertas
construcciones en los suelos rústicos, con el fin de garantizar el mantenimiento de las condiciones
naturales del medio.
5. Se planifican las ampliaciones y mejoras de las redes y servicios de infraestructuras, en respuesta a
las necesidades del núcleo urbano.
6. Se deberá cumplir la normativa sectorial vigente en las materias relacionadas con la biodiversidad,
población, salud humana, fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales,
patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, paisaje, la ordenación del territorio y el urbanismo.
7. Se deberá con todo lo establecido en la normativa sectorial autonómica vigente en lo relativo a
autorizaciones en Suelo No Urbanizable.
8. Se clasificarán como Suelo No Urbanizable de Protección aquellos suelos afectados por normativa
ambiental y sectorial de protección; a saber:
a. Espacios naturales protegidos:
i. ZEC Ríos Alagón y Jerte (ES4320071).
ii. ZEC Sierra de Gredos y Valle del Jerte (ES4320038).
b. Hábitats del Anexo I de la Directiva 92/43/CEE:
i.

Ríos de piso de planicie a montano con vegetación de Ranunculion fluitantis y de CallitrichoBotrachion (3260).

ii.

Brezales secos europeos (4030).

iii. Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090).
iv.

Formaciones montanas de Cytisus purgans (5120).

v.

Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies, sobre sustratos silíceos de zonas
montañosas (y de montañas submontañosas de la Europa continental) (6230*).

vi.

Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica (8220).

vii.

Roquedos silíceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion
dillenii (8230).

viii.

Bosque aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion
albae). (91E0*).

ix.

Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica. (9230).

x.

Bosque galería de Salix alba y Populus alba (92A0).

9. Vías Pecuarias.
10. Yacimientos arqueológicos.