Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0083)
Acuerdo de 29 de julio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Navaconcejo.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021

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8. La autorización de un uso en estas situaciones podrá ser dejada sin efecto y sin derecho a
indemnización alguna, cuando haya de eliminarse en atención al interés público que demanda la
ejecución del planeamiento.
9. Cuando la afección determinante de la situación de fuera de ordenación del inmueble no afecte a la
parte del edificio o construcción sobre la que se pretende actuar, y siempre que según el planeamiento
vigente pueda llevarse a cabo autónomamente la regularización de la zona desorientada del inmueble,
podrán admitirse obras siempre que se acrediten las circunstancias señaladas, salvo aquellas que
impliquen cualquier tipo de reestructuración. Así mismo podrán concederse licencias de nueva
implantación o cambio de usos o actividades sobre los locales en los que se den dichas
circunstancias.

CAPÍTULO 2.4.

DERECHOS Y DEBERES DE LA PROPIEDAD DEL SUELO.

Artículo 2.4.1.1

DERECHOS. [E]

Conforme al artículo 13 de la LSOTEX, los derechos que integran el contenido urbanístico legal de la
propiedad del suelo se definen genéricamente en el uso, disfrute y explotación de los terrenos sin
colisionar con la legislación ni el planeamiento urbanístico vigente.
Los Títulos 9, 10 y 11 de la presente Normativa Urbanística concretan respectivamente este régimen
general para cada una de las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
Artículo 2.4.1.2

DEBERES. [E]

El artículo 14 de la LSOTEX recoge los deberes que integran el contenido urbanístico legal de la
propiedad del suelo, cuyo cumplimiento es condición previa para el legítimo ejercicio de los derechos
enunciados en la sección anterior.
Así mismo, en suelo urbano y urbanizable son de aplicación los deberes legales que comportan las
actuaciones de urbanización recogidas en el artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Suelo estatal
(RDL 7/2015, de 30 de octubre).
Los Títulos 9, 10 y 11 de la presente Normativa Urbanística concretan respectivamente este régimen
general para cada una de las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.