Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0083)
Acuerdo de 29 de julio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Navaconcejo.
460 páginas totales
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NÚMERO 229

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Lunes 29 de noviembre de 2021

e.

En las cabeceras de colectores se dispondrán cámaras de descarga para la limpieza, cuya
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capacidad será de 0,6 m para conducciones de 30 cm, y de 1 m para las restantes. Podrá
sustituirse este dispositivo por limpieza con manguera a presión mediante camión cisterna.

f.

Para el cálculo del alcantarillado se adoptarán como caudales de aguas negras el medio y el
máximo previsto para abastecimiento de agua disminuidos en un 15%.

g.

Las aguas pluviales se recogerán en el interior de la parcela previo a su vertido a la red general.

h.

Los coeficientes de escorrentía adoptados deberán justificarse.

i.

No se admitirá, en ningún caso, la puesta en carga de los conductos, debiendo proyectarse de
forma que el funcionamiento sea en lámina libre.

j.

Deberán situarse pozos de registro en los colectores no visitables a una distancia máxima de
cincuenta metros (50 m) y en los visitables a menos de trescientos metros (300 m) y siempre
como norma general en los puntos singulares como cambio de dirección, cambio de pendiente,
etc.

Artículo 6.4.1.2

MATERIALES DE LAS TUBERÍAS. [D]

En las conducciones de saneamiento se podrán utilizar los siguientes materiales:
1.

Tubos de hormigón en masa.

2.

Tubos de hormigón armado.

3.

Tubos de gres.

4.

Tubos de policloruro de vinilo no plastificado (UPCV).

5.

Tubos de poliéster reforzado con fibra de vidrio.

Cuando la pendiente sea pequeña serán preferibles los de menor coeficiente de rozamiento. En la
elección del material se adoptará un criterio unitario para un mejor mantenimiento de la misma.
Artículo 6.4.1.3

ZANJAS. [D]

1.

La profundidad mínima contada desde la rasante de calle a la generatriz superior de la tubería será
de uno con cincuenta metros (1,50 m) cuando se recojan aguas negras y de un metro (1 m) cuando
sólo sean pluviales. Como profundidad máxima se recomiendan los cuatro metros (4 m).

2.

En casos excepcionales debidamente justificados por la naturaleza de los terrenos y la configuración
topográfica de la red y sus puntos de vertido se admitirá reducir las anteriores profundidades
recomendándose, no obstante, incluso en zonas con refuerzo de la canalización, un relleno de tierra
de una altura mínima de cincuenta centímetros (50 cm) desde la generatriz superior del tubo, además
del propio espesor del refuerzo de hormigón.

3.

Los conductos se dispondrán preferentemente bajo el centro de la calzada; en calles de calzada
superior a los nueve metros (9 m) de anchura se recomienda dos tuberías bajo las aceras o a ambos
lados de la calzada.

4.

Los conductos se situarán siempre a mayor profundidad que los de agua potable y a una distancia
mínima de 50 cm tanto en horizontal como en vertical. Si estas distancias no pudieran mantenerse se
tomarán las medidas de protección necesarias.

5.

Las características constructivas de las zanjas se ajustarán a la Normativa Sectorial vigente.

6.

Las anchuras A de zanja según diámetros serán:
O
(cm)
30
40
50
60

Artículo 6.4.1.4

A
(mt)
0,70
0,80
0,90
1,00

JUNTAS. [D]

Podrán ser, según el material con que está fabricado el tubo, de: manguito del mismo material y
características del tubo con anillos elásticos, copa con anillo elástico, soldadura u otras que garanticen su
estanqueidad. El sistema podrá estar constituido por varios anillos elásticos y los manguitos o la copa
podrán llevar en su interior rebajes o resaltes para alojar y sujetar aquellos.
En redes de nueva ejecución y en obras de renovación total de la red se prohíbe el uso de juntas