Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021063585)
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Vivares y la Corporación Local".
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NÚMERO 228
Viernes 26 de noviembre de 2021
56025
7. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal tendrán conocimiento y serán oído en las
siguientes cuestiones y materias:
a) Establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo.
b) Régimen de permisos, vacaciones y licencias.
8. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal conocerán, al menos trimestralmente, las
estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes en actos de servicio y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los
estudios periódicos o especiales del ambiente y las condiciones de trabajo, así como de los
mecanismos de prevención que se utilicen.
9. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán el cumplimiento de las normas
vigentes en condiciones de trabajo, seguridad social y empleo y ejercerá, en su caso, las
acciones legales oportunas ante los organismos competentes. Tendrán acceso a los boletines de cotización TC-1 y TC-2.
10. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán y controlarán las condiciones de
Salud Laboral en el desarrollo del trabajo.
11. E
l Comité de Empresa y Delegado de Personal participarán en la gestión de obras sociales
para el personal establecidas en el Ayuntamiento.
12. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal colaborarán con el Excmo. Ayuntamiento
para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.
13. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal informarán a sus representantes en todos
los temas y cuestiones a que se refiere este artículo.
14. S
e reconoce al Comité de Empresa y Delegados de Personal colegiadamente por decisión
mayoritaria de sus miembros, legitimación para iniciar como interesados los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o
judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.
Los miembros del Comité de Empresa y Delegados de Personal y éste en su conjunto
observarán sigilo profesional en todo lo referente a los temas en que el Excmo. Ayuntamiento señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato.
En todo caso, ningún documento reservado, entregado por el Excmo. Ayuntamiento podrá
ser utilizado fuera del estricto ámbito del mismo o para fines distintos a los que motivaron
su entrega.
Viernes 26 de noviembre de 2021
56025
7. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal tendrán conocimiento y serán oído en las
siguientes cuestiones y materias:
a) Establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo.
b) Régimen de permisos, vacaciones y licencias.
8. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal conocerán, al menos trimestralmente, las
estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, los accidentes en actos de servicio y enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índices de siniestralidad, los
estudios periódicos o especiales del ambiente y las condiciones de trabajo, así como de los
mecanismos de prevención que se utilicen.
9. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán el cumplimiento de las normas
vigentes en condiciones de trabajo, seguridad social y empleo y ejercerá, en su caso, las
acciones legales oportunas ante los organismos competentes. Tendrán acceso a los boletines de cotización TC-1 y TC-2.
10. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal vigilarán y controlarán las condiciones de
Salud Laboral en el desarrollo del trabajo.
11. E
l Comité de Empresa y Delegado de Personal participarán en la gestión de obras sociales
para el personal establecidas en el Ayuntamiento.
12. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal colaborarán con el Excmo. Ayuntamiento
para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.
13. E
l Comité de Empresa y Delegados de Personal informarán a sus representantes en todos
los temas y cuestiones a que se refiere este artículo.
14. S
e reconoce al Comité de Empresa y Delegados de Personal colegiadamente por decisión
mayoritaria de sus miembros, legitimación para iniciar como interesados los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o
judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.
Los miembros del Comité de Empresa y Delegados de Personal y éste en su conjunto
observarán sigilo profesional en todo lo referente a los temas en que el Excmo. Ayuntamiento señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato.
En todo caso, ningún documento reservado, entregado por el Excmo. Ayuntamiento podrá
ser utilizado fuera del estricto ámbito del mismo o para fines distintos a los que motivaron
su entrega.