Consejería De Igualdad Y Portavocía. Inclusión Social. Subvenciones. (2021063526)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Plena Inclusión Extremadura para la realización del proyecto "Mi Sexualidad es Mía". Programa de atención a los afectos y la diversidad de la sexualidad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo 2021.
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NÚMERO 226
Miércoles 24 de noviembre de 2021
55411
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 1/2021 de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del Proyecto
presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho Proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.
Cuarto. Medios a emplear.
La entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presente proyecto, conforme a la legislación vigente y con carácter temporal, personal (especializado, colaborador, administrativo,
becario, etc.) para adscribirlo al cumplimiento de las tareas comprometidas, y que se desarrollarán con arreglo al propio plan de trabajo y con empleo de los medios que a él se adscriban.
Dicho personal no tendrán la condición de personal dependiente de la Junta de Extremadura,
ni en régimen laboral ni estatutario ni de ningún otro tipo, dependiendo orgánica de la entidad
objeto de la subvención, a quien corresponde el cumplimiento de las obligaciones laborales y
sociales que resulten de aplicación, conforme a la normativa vigente.
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la entidad Plena Inclusión Extremadura, con CIF G06032015,
asciende a 30.000,00 € (Treinta Mil euros). Este importe se financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 CAG0000001, Proyecto de Gasto 20210450,
expediente SINCO/2021/0000004213.
Miércoles 24 de noviembre de 2021
55411
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 1/2021 de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del Proyecto
presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho Proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.
Cuarto. Medios a emplear.
La entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presente proyecto, conforme a la legislación vigente y con carácter temporal, personal (especializado, colaborador, administrativo,
becario, etc.) para adscribirlo al cumplimiento de las tareas comprometidas, y que se desarrollarán con arreglo al propio plan de trabajo y con empleo de los medios que a él se adscriban.
Dicho personal no tendrán la condición de personal dependiente de la Junta de Extremadura,
ni en régimen laboral ni estatutario ni de ningún otro tipo, dependiendo orgánica de la entidad
objeto de la subvención, a quien corresponde el cumplimiento de las obligaciones laborales y
sociales que resulten de aplicación, conforme a la normativa vigente.
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la entidad Plena Inclusión Extremadura, con CIF G06032015,
asciende a 30.000,00 € (Treinta Mil euros). Este importe se financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 CAG0000001, Proyecto de Gasto 20210450,
expediente SINCO/2021/0000004213.