Consejería De Igualdad Y Portavocía. Inclusión Social. Subvenciones. (2021063526)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Plena Inclusión Extremadura para la realización del proyecto "Mi Sexualidad es Mía". Programa de atención a los afectos y la diversidad de la sexualidad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo 2021.
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NÚMERO 226
Miércoles 24 de noviembre de 2021

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be de forma expresa toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza,
color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones,
opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio,
nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.
La Constitución Española de 1978 proclama en su artículo 1.1 la igualdad como uno de los
valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, estableciendo en su artículo 9.2 que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos
que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la
vida política, económica, cultural y social”. Igualmente, en su artículo 14 establece que “Los
españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón
de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal
o social”.
En consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, el Estatuto de Autonomía de Extremadura determina, como uno de los principios rectores de los poderes públicos extremeños, en
su artículo 7.13 determina que los poderes públicos extremeños “promoverán políticas para
garantizar el respecto a la orientación sexual y a la identidad de género de todas las persona”.
La Convención Internacional de los Derechos de las personas con Discapacidad de 2007, firmado y ratificado por España, describe en grandes líneas el compromiso de los Estados en
asegurar y promover en condiciones de igualdad los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.
El Plan de Acción de la Estrategia Española sobre Discapacidad 2014-2020 “se orienta más
hacia la eliminación de las causas de discriminación, al partir de la idea de que la igualdad
de derechos de todas las personas ha de ser el referente, el punto de partida, para cualquier
medida que pretenda actuar sobre las condiciones de exclusión en las que frecuentemente se
encuentran las personas con discapacidad”.
La Ley 12/2015, de 8 de abril, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales,
transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación
sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dice expresamente
que “la presente Ley, viene a incorporarse al conjunto de leyes, normas, acciones y políticas
que se han venido impulsando en nuestro país y en nuestra comunidad para garantizar el
disfrute de los derechos humanos a todas las personas, sin distinción, incluidos el derecho a
la igualdad de trato ante la ley y el derecho a ser protegido contra la discriminación por orientación sexual y la identidad de género”.