Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063517)
Resolución de 12 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana, con destino a riego de 14,74 hectáreas", en el polígono 21 parcela 28 del término municipal de Don Benito (Badajoz)", cuyo promotor es Áridos Ruecas, SLU. Expte.: IA 18/00494.
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NÚMERO 226
Miércoles 24 de noviembre de 2021

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se encuentra dentro de los límites de la ZEC Conservación “Río Guadiana Alto-Zújar” y
con valores naturales destacados que se verán afectados, en concreto hábitats naturales de ribera y hábitats de bosques en galería de Salix Alba y Populus Alba con retazos
de Tarayales de Tamarix africana, Galerías y matorrales ribereños termomediterraneos.
Además, indica que, una vez abandonada la actividad extractiva, se deben implantar
medidas de gestión y conservación que mejoren los hábitats de interés, según establece el Plan Director de la Red Natura 2000 de Extremadura.
La concesión de aguas superficiales con destino a riego para plantación de tomates no
supone una mejora ni beneficio de los hábitats, más bien al contrario por la intensificación en el uso y/o detracción de recursos.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Al tratarse de una transformación a regadío, existe una afección sobre el recurso hídrico, en este caso superficial, la cual con anterioridad a la ejecución del proyecto no existía. Además, al concentrarse las detracciones en verano por el ciclo del cultivo, siendo
esta época aquella de menor caudal del río, el cauce se ve afectado en mayor medida.
En cualquier caso, se deberá estar a lo dispuesto en la correspondiente resolución de la
tramitación de la solicitud de aprovechamiento de aguas para riego solicitada por parte
del promotor ante el organismo de cuenca competente (Confederación Hidrográfica del
Guadiana).
— Suelos.
El suelo se verá afectado al pasar de soportar una actividad extractiva a otra agrícola,
tanto en ocupación de superficie como en composición del mismo (en relación a la estructura, textura y propiedades físico-químicas), y al uso.
Aplicando las correspondientes medidas preventivas, las afecciones de la fase de funcionamiento no deberían ser significativas.
— Fauna.
No existe afección significativa a especies animales protegidas, según manifiesta el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas si bien, al concentrarse las
extracciones en verano, época de menor caudal, todas las especies que habitan el río
y su zona de influencia se verán afectados, máxime cuando las detracciones estivales
agravan los efectos contaminantes. En todo caso, serían aliviadas con la aplicación de
las medidas preventivas correspondientes.