Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063011)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación destinada a planta dosificadora de hormigones y almacenamiento temporal de residuos de construcción y demolición promovida por Hormigones y Áridos Alisa, SL, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz).
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NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021
48871
3. C
ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no
someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. N
o se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe, según la legislación vigente.
5. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
6. E
n relación con la generación y gestión de residuos, la actividad de adecuará a las
disposiciones de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
7. R
especto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística del Ayuntamiento de Almendralejo y en sus Ordenanzas Municipales de
aplicación, así como en la Autorización Ambiental Unificada.
b. Medidas previas y durante el desarrollo de la actividad.
1. S
e comunicará de forma previa la fecha de inicio de los trabajos al Servicio de Prevención y Calidad Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
2. P
revio al inicio de la actividad se procederá al replanteo y señalización de la zona de
actuación, así como de los elementos que configurarán las instalaciones. Se señalizará la entrada y salida de camiones a la principal estructura viaria. Se tomarán las
medidas necesarias para evitar que los vehículos arrastren materiales hacia las vías
de comunicación.
3. S
e utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos y el desarrollo
de la actividad.
Miércoles, 13 de octubre de 2021
48871
3. C
ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no
someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. N
o se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe, según la legislación vigente.
5. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
6. E
n relación con la generación y gestión de residuos, la actividad de adecuará a las
disposiciones de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
7. R
especto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística del Ayuntamiento de Almendralejo y en sus Ordenanzas Municipales de
aplicación, así como en la Autorización Ambiental Unificada.
b. Medidas previas y durante el desarrollo de la actividad.
1. S
e comunicará de forma previa la fecha de inicio de los trabajos al Servicio de Prevención y Calidad Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
2. P
revio al inicio de la actividad se procederá al replanteo y señalización de la zona de
actuación, así como de los elementos que configurarán las instalaciones. Se señalizará la entrada y salida de camiones a la principal estructura viaria. Se tomarán las
medidas necesarias para evitar que los vehículos arrastren materiales hacia las vías
de comunicación.
3. S
e utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos y el desarrollo
de la actividad.