Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021063020)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021

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y cuya competencia se atribuya a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio
Extremeño Público de Empleo.
Segundo. El resuelvo decimosegundo de la Resolución 10 de junio de 2021 señala que el
órgano de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución será la Secretaría General del Servicio Extremeño
Público de Empleo, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Tercero. La tramitación del expediente se ha desarrollado de conformidad con lo previsto en
la Resolución 10 de junio de 2021 y en la Orden de 28 de abril de 2021, la Ley 6/2011 de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre Procedimiento
Administrativo Común y demás normativa concordante, constatándose que las entidades seleccionadas reúnen los requisitos establecidos en la normativa reguladora para tener acceso
a la subvención solicitada, así como las condiciones de los proyectos establecidas en la Orden
referenciada.
Así mismo, de acuerdo con el párrafo 3º del artículo 22 de la Ley 6/2011. de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el apartado 2 del artículo
6 de la Orden de 28 de abril del 2021, se exceptúa del requisito de fijar el orden de prelación
entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos cuando el crédito
consignado en la convocatoria (150.000 €) es suficiente, para atender número de solicitudes
una vez finalizado el plazo de presentación (2 solicitudes por un importe total de 60.000 €).
Cuarto. El artículo 8.2 de la Orden de 28 de abril de 2021 establece que la concesión de la
subvención vendrá determinada por las actuaciones previstas en el Plan de Actuaciones definido por cada beneficiaria.
En virtud de lo expuesto anteriormente, procede emitir la siguiente:
RESOLUCIÓN:
Primero. Aprobar la concesión de subvenciones públicas solicitadas para la financiación de
las acti­vidades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para
personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
correspondientes a la convocatoria del año 2021 aprobada por Resolución 10 de junio de
2021, a las entidades UATAE EXTREMEDURA-ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS CON DERECHOS
EXTREMADURA, con CIF n.º G06757017, por importe de 30.000 € y ASOCIACIÓN DE
AUTÓNOMOS DE EXTREMADURA-ATA, con CIF n.º G06315337 por importe de 30.000 €.