Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062992)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población, y Territorio y el Ayuntamiento de Cedillo, para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas existentes en materia de incendios forestales por encontrarse en Zona de Alto Riesgo y ser zona transfronteriza.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021
48576
Cuarto. El Excmo. Ayuntamiento de Cedillo (Cáceres) en cumplimiento de la obligatoriedad
contemplada en la normativa citada anteriormente, y dada la dificultad técnica y económica
que supone el cumplimiento de esta obligación y el importante riesgo de sufrir incendios provenientes de Portugal, y tratándose de una Zona de Alto Riesgo (ZAR), acepta la cooperación
ofrecida por el Servicio de Incendios de Prevención y Extinción de la Dirección General de
Política Forestal, para recibir ayuda técnica para el mantenimiento de sus infraestructuras
preventivas.
Con el fin de hacer efectivas estas previsiones legales, se acuerda suscribir el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un marco de colaboración y cooperación, para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas lineales que figuran en el
plano Anexo al presente convenio
Segunda. Colaboración.
Ambas partes en su condición de Administraciones públicas se rigen en sus relaciones por el
principio de cooperación recogido en el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera. Obligaciones de la Dirección General de Política Forestal.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Dirección General de Política Forestal se compromete a prestar ayuda técnica para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas existentes, y no supone gasto adicional alguno para el mismo.
Cuarta. Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Cedillo se compromete a recabar todas las autorizaciones precisas y
necesarias para llevar a cabo los trabajos en las infraestructuras preventivas objeto de este
convenio.
Quinta. Vigencia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma, y tendrá una vigencia de
un año desde la firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo,
acordar unánimemente su prórroga por un año adicional o su extinción.
Lunes, 11 de octubre de 2021
48576
Cuarto. El Excmo. Ayuntamiento de Cedillo (Cáceres) en cumplimiento de la obligatoriedad
contemplada en la normativa citada anteriormente, y dada la dificultad técnica y económica
que supone el cumplimiento de esta obligación y el importante riesgo de sufrir incendios provenientes de Portugal, y tratándose de una Zona de Alto Riesgo (ZAR), acepta la cooperación
ofrecida por el Servicio de Incendios de Prevención y Extinción de la Dirección General de
Política Forestal, para recibir ayuda técnica para el mantenimiento de sus infraestructuras
preventivas.
Con el fin de hacer efectivas estas previsiones legales, se acuerda suscribir el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de un marco de colaboración y cooperación, para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas lineales que figuran en el
plano Anexo al presente convenio
Segunda. Colaboración.
Ambas partes en su condición de Administraciones públicas se rigen en sus relaciones por el
principio de cooperación recogido en el artículo 141 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercera. Obligaciones de la Dirección General de Política Forestal.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Dirección General de Política Forestal se compromete a prestar ayuda técnica para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas existentes, y no supone gasto adicional alguno para el mismo.
Cuarta. Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Cedillo se compromete a recabar todas las autorizaciones precisas y
necesarias para llevar a cabo los trabajos en las infraestructuras preventivas objeto de este
convenio.
Quinta. Vigencia del convenio.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma, y tendrá una vigencia de
un año desde la firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo,
acordar unánimemente su prórroga por un año adicional o su extinción.