Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062992)
Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población, y Territorio y el Ayuntamiento de Cedillo, para el mantenimiento de las infraestructuras preventivas existentes en materia de incendios forestales por encontrarse en Zona de Alto Riesgo y ser zona transfronteriza.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021
48575
Segundo. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de
Extremadura, de conformidad con el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto), ejerce a través de la Dirección General de Política Forestal
competencias en materia de prevención y extinción de incendios forestales.
Tercero. La Ley 5/2004, de 24 de junio de Prevención y Lucha contra los incendios forestales
en Extremadura, en su artículo 9 dispone que: “las Administraciones Públicas de Extremadura
cooperarán entre sí en las tareas de prevención y lucha contra incendios forestales, aportando
los medios materiales, humanos y económicos a su disposición, en los términos previstos en
la presente Ley, los planes aprobados con arreglo a la misma y demás normas de aplicación
en la materia”.
El Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura recoge con carácter general en los
artículos 6 y 7, las infraestructuras físicas para la prevención de los incendios forestales y los
trabajos necesarios para crearlas y mantenerlas.
El Ayuntamiento de Cedillo ya tiene creadas las determinadas infraestructuras físicas lineales
para la prevención pero carecen de mantenimiento, por lo que el objetivo principal de este
convenio es establecer los mecanismos para ejecutar los trabajos de mantenimiento de citadas infraestructuras, por darse la circunstancia de ser un territorio transfronterizo y que ha
sufrido la frecuencia y virulencia de los incendios forestales acaecidos en Extremadura y en
Portugal.
Estos hechos son determinantes para que la Consejería colabore con el fin de ejecutar los
trabajos preventivos en las infraestructuras físicas existentes, pues tratándose de una zona
fronteriza, el origen de cualquier posible incendio forestal podría situarse tanto en Portugal
como en España, y esta actuación ayudará a detener su avance.
Las partes firmantes son conscientes de la importancia que tiene esta colaboración para el
cumplimiento de sus fines.
Por todo lo anteriormente expuesto, y acreditada la necesidad de ejecución de los trabajos en
infraestructuras físicas preventivas de incendios, unido a las dificultades técnicas para el mantenimiento de las mismas por los obligados a su ejecución, se recurre a la celebración de este
convenio, puesto que se cumplen los anteriores presupuestos de hecho para su celebración:
disponer las infraestructuras preventivas en materia de incendios forestales, ser Zona de Alto
Riesgo y ser zona transfronteriza.
Lunes, 11 de octubre de 2021
48575
Segundo. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de
Extremadura, de conformidad con el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto), ejerce a través de la Dirección General de Política Forestal
competencias en materia de prevención y extinción de incendios forestales.
Tercero. La Ley 5/2004, de 24 de junio de Prevención y Lucha contra los incendios forestales
en Extremadura, en su artículo 9 dispone que: “las Administraciones Públicas de Extremadura
cooperarán entre sí en las tareas de prevención y lucha contra incendios forestales, aportando
los medios materiales, humanos y económicos a su disposición, en los términos previstos en
la presente Ley, los planes aprobados con arreglo a la misma y demás normas de aplicación
en la materia”.
El Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura recoge con carácter general en los
artículos 6 y 7, las infraestructuras físicas para la prevención de los incendios forestales y los
trabajos necesarios para crearlas y mantenerlas.
El Ayuntamiento de Cedillo ya tiene creadas las determinadas infraestructuras físicas lineales
para la prevención pero carecen de mantenimiento, por lo que el objetivo principal de este
convenio es establecer los mecanismos para ejecutar los trabajos de mantenimiento de citadas infraestructuras, por darse la circunstancia de ser un territorio transfronterizo y que ha
sufrido la frecuencia y virulencia de los incendios forestales acaecidos en Extremadura y en
Portugal.
Estos hechos son determinantes para que la Consejería colabore con el fin de ejecutar los
trabajos preventivos en las infraestructuras físicas existentes, pues tratándose de una zona
fronteriza, el origen de cualquier posible incendio forestal podría situarse tanto en Portugal
como en España, y esta actuación ayudará a detener su avance.
Las partes firmantes son conscientes de la importancia que tiene esta colaboración para el
cumplimiento de sus fines.
Por todo lo anteriormente expuesto, y acreditada la necesidad de ejecución de los trabajos en
infraestructuras físicas preventivas de incendios, unido a las dificultades técnicas para el mantenimiento de las mismas por los obligados a su ejecución, se recurre a la celebración de este
convenio, puesto que se cumplen los anteriores presupuestos de hecho para su celebración:
disponer las infraestructuras preventivas en materia de incendios forestales, ser Zona de Alto
Riesgo y ser zona transfronteriza.