Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. Directores. (2021050174)
Orden de 4 de octubre de 2021 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021

48516

redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en centros docentes públicos
no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la dirección de un centro docente público dentro del plazo de solicitudes indicado
en el artículo 5 y concluir su período natural de mandato de cuatro años en el curso académico 2021/2022, habiendo sido nombrado mediante los procesos ordinarios de selección
o renovación, convocados oficialmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) No estar inmerso en ningún expediente administrativo derivado del ejercicio de las funciones directivas.
c) Presentar una memoria justificativa del trabajo desarrollado en los cuatro últimos años
de mandato, tomando como referencia los ámbitos y dimensiones de evaluación establecidos en el anexo II de la presente orden.
Artículo 5. Solicitud, documentación y plazo de presentación.
1. Las solicitudes para participar en este procedimiento se cumplimentarán exclusivamente
de forma electrónica a través de los trámites abiertos de la Secretaría virtual de la plataforma educativa Rayuela, accediendo mediante el nombre de usuario y contraseña de esta
plataforma. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser generada, impresa, firmada y
presentada en cualquiera de los registros administrativos a los que se refiere el apartado 3
del presente artículo. No se tendrán por presentadas aquellas solicitudes que, cumplimentadas e impresas, no tengan entrada por registro.
En aquellos supuestos en que un participante registre varias solicitudes de participación
dentro del plazo previsto en el apartado 4 del presente artículo, se tomará en consideración la de fecha más reciente, desestimándose las anteriores.
2. Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación establecida en
los apartados 1 y 2 del anexo I de la presente orden:
a. Una memoria justificativa que versará sobre el trabajo desarrollado durante los cuatro
años de desempeño del cargo desde el último nombramiento como director y se anexará
en formato digital (PDF) en el momento de cumplimentar la solicitud en la plataforma
Rayuela. La documentación a la que se refiere este párrafo no tendrá que ser registrada.
La memoria deberá realizarse necesariamente y presentarse cumpliendo las siguientes
condiciones: