Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2021063034)
Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021

48306

Segundo. Condicionar la subvención concedida al cumplimiento de las siguientes condiciones
y compromisos, aplicables conforme a lo dispuesto en la resolución de convocatoria, en las
bases reguladoras de las subvenciones, así como, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
1. L
 as obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de las subvenciones de acuerdo con
lo recogido en el artículo 10 del Decreto 72/2017, de 23 de mayo, son las siguientes:


a. E
 jecutar la actividad subvencionada en la forma, condiciones y plazos establecidos
en las bases reguladoras.



b. D
 estinar el suministro a fines sanitarios en un plazo máximo de un mes, a contar
desde la recepción de los mismos. Asimismo, se establece la obligación de conservar
el destino a fines sanitarios durante un período mínimo de dos años. No obstante,
podrá autorizarse un cambio de destino por parte de la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales antes de que se completen este período cuando concurran circunstancias motivadas y siempre y cuando el suministro haya estado destinado a fines
sanitarios durante un plazo mínimo de 12 meses.



c. Asumir la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente
a la Junta de Extremadura.



d. Acreditar estar dados de alta en el Sistema de Terceros, mediante original o copia
compulsada de Alta en el citado Sistema; si ya se encontrara dado de alta, bastará
con indicar el número de cuenta en el que desee que se efectúe el ingreso.



e. Justificar ante el Director General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias
y Sociosanitarias, en el ejercicio delegado de competencias, el cumplimiento de los
requisitos, condiciones y finalidad que determinan la concesión de la subvención. A
estos efectos, se deberá acreditar y justificar los gastos y pagos realizados por el cien
por cien del importe de la subvención concedida. Cuando las actividades hayan sido
financiadas, además de con la subvención, con fondos propios o de otras entidades
públicas o privadas, deberá acreditarse también en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionables.



f. S
 ometerse a las actividades de comprobación, control financiero, inspección y seguimiento que puedan efectuar la Secretaría General de la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales o los órganos de control competentes, tanto nacionales como
comunitarios, aportando en plazo y forma cuanta documentación le sea requerida en
el ejercicio de las actuaciones anteriores.

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