Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2021063034)
Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021

48305

en el Diario Oficial de Extremadura de 31 de agosto de 2021 se da publicidad al anuncio de
incremento de los créditos de la convocatoria pública pasando tener una dotación global de
139.959,15€ con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
2021, de acuerdo con el siguiente desglose:

Fuente
Financiación

Posición Presupuestaria

Anualidad 2021

FEDER

110020000/G/212A/76000/
FD14090701/20150342

63.423,53€

CA

110020000/G/212A/76000/
CAG0000001/20090543

76.535,62€

En virtud de los anteriores Hechos y Fundamentos de Derecho, de conformidad con la propuesta de resolución de concesión de 27 de septiembre de 2021, este Director General de
Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, en el ejercicio delegado de las
competencias, emito la siguiente,
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder subvenciones para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las entidades relacionadas en los anexos I (Fondos FEDER)
y II (Fuente de financiación CA), de conformidad con lo recogido en el Informe de la Comisión
de Valoración de 27 de septiembre de 2021, con indicación de la actividad subvencionada y
cuantía individualizada, de acuerdo con la puntuación obtenida según criterios objetivos de
valoración aplicados por la referida Comisión, por un importe total de ciento treinta y nueve
mil novecientos cincuenta y nueve euros con quince céntimos (139.959,15 €); de los que
es necesario distinguir sesenta y tres mil cuatrocientos veintitrés euros con cincuenta y tres
céntimos (63.423,53) proceden de cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER) y setenta y seis mil quinientos treinta y cinco euros con sesenta y dos céntimos
(76.535,62 €) de fondos de la Comunidad Autónoma.
De acuerdo con el artículo 27, en relación con el 28 de las bases reguladoras, el importe de
la subvención se corresponderá con el del coste de los equipamientos adquiridos; no obstante, lo anterior queda sujeto a dos condicionantes, por un lado, solo son subvencionables
los bienes recogidos en el anexo II de la resolución de convocatoria y, por otro, el importe
subvencionable no podrá exceder de la cuantía individual máxima prevista para cada tipo de
material en ese mismo anexo II.

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