Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2021063034)
Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, de concesión de subvenciones para el equipamiento de centros sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021
48307
g. Asumir la diferencia económica entre el importe de la cantidad concedida y el coste
total de la actividad para la que se solicita la subvención, garantizando que la misma
se haga efectiva en los términos y condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención, salvo renuncia expresa.
h. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos
que financien la actividad subvencionada, así como toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.
i. Comunicar por escrito al órgano concedente de la subvención, para su autorización,
en el plazo máximo de veinte días, toda modificación que se presente de la relación
de equipamientos presentada o cualquier eventualidad que pudiera producirse en la
ejecución de la actividad subvencionada, y que pudiera dar lugar al incumplimiento
de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
j. Conservar los documentos originales justificativos de la aplicación de la subvención
recibida, incluidos los documentos electrónicos, que estarán a disposición de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, de la Intervención General de la Junta
de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control nacionales o
comunitarios pudieran requerirlos.
k. En el supuesto de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a llevar un sistema contable adecuado que permita una
identificación correcta de las operaciones cofinanciadas con cargo a estas ayudas a
fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención.
Asimismo, deberán mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones cofinanciadas con cargo a estas ayudas, a fin de garantizar la adecuada justificación de la
subvención.
l. Adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones
financiadas por la Junta de Extremadura, mediante la colocación de distintivos anunciadores sobre la subvención concedida, según lo dispuesto en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, y en el caso de las actividades cofinanciadas por el Fondo Europeo de
Desarrollo regional (FEDER) además la establecida en el anexo II del Reglamento
(UE) n.º 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013, consistente en un cartel con información sobre el proyecto mencionando la ayuda financiera de la Unión.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Viernes, 8 de octubre de 2021
48307
g. Asumir la diferencia económica entre el importe de la cantidad concedida y el coste
total de la actividad para la que se solicita la subvención, garantizando que la misma
se haga efectiva en los términos y condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de la subvención, salvo renuncia expresa.
h. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos
que financien la actividad subvencionada, así como toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá
efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación del destino dado a los fondos percibidos.
i. Comunicar por escrito al órgano concedente de la subvención, para su autorización,
en el plazo máximo de veinte días, toda modificación que se presente de la relación
de equipamientos presentada o cualquier eventualidad que pudiera producirse en la
ejecución de la actividad subvencionada, y que pudiera dar lugar al incumplimiento
de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
j. Conservar los documentos originales justificativos de la aplicación de la subvención
recibida, incluidos los documentos electrónicos, que estarán a disposición de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, de la Intervención General de la Junta
de Extremadura y de cuantos órganos fiscalizadores y de control nacionales o
comunitarios pudieran requerirlos.
k. En el supuesto de las ayudas cofinanciadas con fondos europeos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a llevar un sistema contable adecuado que permita una
identificación correcta de las operaciones cofinanciadas con cargo a estas ayudas a
fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención.
Asimismo, deberán mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado que permita una identificación correcta de las operaciones cofinanciadas con cargo a estas ayudas, a fin de garantizar la adecuada justificación de la
subvención.
l. Adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones
financiadas por la Junta de Extremadura, mediante la colocación de distintivos anunciadores sobre la subvención concedida, según lo dispuesto en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, y en el caso de las actividades cofinanciadas por el Fondo Europeo de
Desarrollo regional (FEDER) además la establecida en el anexo II del Reglamento
(UE) n.º 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013, consistente en un cartel con información sobre el proyecto mencionando la ayuda financiera de la Unión.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa